Condenan a Ibercaja por malas prácticas en bancaseguros



La entidad se negó a devolver a un cliente los recibos de dos seguros relacionados con un préstamo hipotecario

Ibercaja ha sido condenada por un Juzgado de Zaragoza por negarse a devolver a un cliente los recibos de dos seguros contratados, relacionados con un préstamo hipotecario. Esa reclamación la ha hecho el cliente con el asesoramiento del Colegio de Mediadores de Seguros de Zaragoza.

Según explica la institución colegial, la sentencia reconoce probados los hechos denunciados, y destaca la resolución del Banco de España acreditativa de que dicha actuación se apartó de las buenas prácticas y usos bancarios, por lo que ha condenado a Ibercaja a pagar la cantidad de 555,52 euros, más los intereses legales y las costas procesales.

José Antonio Ponzán, responsable de la Comisión de Vigilancia del Mercado del Colegio de Mediadores de Seguros de Zaragoza, ha destacado la importancia de esta sentencia “porque no hay precedentes en Aragón de haber ganado un juicio contra una entidad financiera en un caso de mala praxis con los seguros, a pesar de que el número de quejas va en aumento, y probablemente sea una sentencia pionera en todo el país”.

Antes de llegar a la vía judicial, el Colegio intentó encontrar una solución para el cliente recurriendo al Banco de España, y a pesar de que esta entidad publicó una resolución favorable al reclamante, Ibercaja no la aceptó y siguió negándose a devolverle al cliente el dinero de los recibos.

Se trataba de dos seguros suscritos con las aseguradoras Ibercaja Vida y Caser, que están vinculadas a la propia Ibercaja, por lo que la entidad financiera estaba protegiendo los intereses de las aseguradoras en lugar de los del cliente.

El Colegio de Zaragoza recuerda que “otras entidades financieras están actuando de la misma manera al negarse a devolver recibos de pólizas de aseguradoras con las que tienen especial vinculación. El año pasado llegaron al Colegio de Mediadores de Seguros de Zaragoza ocho reclamaciones por este tipo de prácticas, a pesar de que las peticiones se habían realizado dentro de las ocho semanas que establece la Ley para la devolución de recibos”.

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