La Directiva de Género podría encarecer los seguros de las conductoras hasta un 30%



La entrada en vigor de la Directiva de Género podría elevar el precio de los seguros de automóviles de las mujeres hasta un 30%, según el cálculo del comparador de pólizas online Rastreator.

La norma, que entrará en vigor el próximo 21 de diciembre prohíbe a las compañías utilizar el sexo como criterio diferenciador a la hora de calcular el precio de las pólizas de los seguros personales, es decir, las pólizas de Autos, Vida y Salud. Tradicionalmente, las compañías de seguros han utilizado el género, la edad o el tipo de vehículo para medir el riesgo de sus asegurados.

Tras la entrada en vigor de la Directiva, el género ya no podrá determinar la probabilidad de que ocurra un siniestro al volante. Según los datos de las compañías, las mujeres suelen registrar un nivel de siniestralidad menor que el de los hombres, por lo que sus seguros resultaban por norma general más económicos, recuerda la compañía del grupo Admiral que dirige Elena Betés.

Subida media del 11%

Según explica Rastreator, la norma europea afectará especialmente a los precios de las pólizas de los automóviles de las conductoras, que verán cómo su seguro se encarece alrededor de un 11%, según los cálculos de la patronal europea del sector, CEA.

Para Elena Betés, “en España cada compañía ajustará sus precios en función de su cartera de clientes, aunque no habrá un criterio único.  La previsión, sin embargo, es que aumenten los precios de las pólizas para las mujeres, por lo que recomendamos que las revisen antes de la entrada en vigor de la normativa”.

En la actualidad, las diferencias en el precio de las pólizas de coche para hombres y mujeres pueden alcanzar el 30%, registrándose un menor precio para las mujeres por su perfil de riesgo, de acuerdo con los datos del comparador de seguros.

Hasta la fecha, la distinción en el precio del seguro por razones de género, se contemplaba como excepción en el marco de la Directiva de Igualdad de 2004, siempre y cuando estuviera apoyada en datos estadísticos que demostraran que el sexo era un factor determinante del riesgo.

Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJE), aprobó la sentencia Test-Achats, por la que señalaba que dicha excepción sería inválida a partir del 21 de diciembre de 2012.  El Tribunal consideraba que con esta excepción “existe un riesgo de que el derecho de la Unión permita indefinidamente la excepción a la igualdad de trato entre mujeres y hombres prevista” por la normativa comunitaria. Entre otras razones, se argumentaba que este precepto era “contrario a la consecución del objetivo de igualdad de trato entre mujeres y hombres y ha de considerarse inválido tras la expiración de un período transitorio adecuado”, tal y como señala la sentencia.

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