ADECOSE y el Consorcio elaboran un criterio en caso de retraso en el pago del recargo

Se pone en marcha cuando se produce un siniestro de riesgo extraordinario y el tomador no ha abonado el recargo a favor del CCS

ADECOSE logoEl Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) ha emitido un criterio aplicable a siniestros de riesgos extraordinarios en los casos de retrasos no imputables al tomador en el pago del recargo a favor del CCS, en cuya elaboración ADECOSE ha participado activamente en los últimos meses manteniendo reuniones y enviando observaciones al CCS. Sigue leyendo