Consejos de Legálitas para contratar un seguro de viaje

Consejos de Legálitas para contratar un seguro de viaje

Legálitas repasa qué aspectos se deben revisar al contratar un seguro de viaje, qué coberturas es imprescindible incluir y cómo se debe proceder para solicitar una reclamación.


Seguro de viaje: ¿qué coberturas es obligatorio incluir?

El seguro de viaje es un contrato de adhesión con condiciones generales donde las compañías imponen claúsulas ya redactadas.Pueden icluir desde la más básicas (cancelación, gastos de demora, pérdida de maletas y asistencia sanitaria) hasta otras más completas que incorporan garantías adicionales.

Por lo tanto, al contratarlo, cada uno elige la modalidad que le interesa aceptando las coberturas básicas, las voluntarias, aumentando sumas aseguradas y, en su caso, supresión de franquicias o el importe de estas.

Viajes internacionales

En determinados países se exige un seguro con unas coberturas mínimas. En esos casos, la aseguradora que comercialice seguros específicos para esos destinos deberá incorporar de forma obligatoria las coberturas mínimas exigidas por esos países de destino.

  • Tailandia obliga a contratar un seguro médico de viaje que cubra todos los tratamientos médicos por un valor mínimo (20.000 dólares), prolongación de estancia de hasta 10 días (gastos de hospitalización y aislamiento en caso de infección).
  • Cuba obliga a contratar seguro de viaje con cobertura médica y gastos derivados de una posible infección por COVID-19 mediada por entidades aseguradoras reconocidas en el país.
  • Rusia exige la acreditación de un seguro de viaje con una cobertura médica para cualquier contingencia y la repatriación.
  • Espacio Schengen. El seguro Schengen tiene las coberturas mínimas de gastos de repatriación en caso de emergencia o fallecimiento, la asistencia médica de urgencia y la atención hospitalaria de urgencia, con una cobertura mínima de 30.000 euros.

Principales exclusiones

De la misma forma que debe aparecer definido en los condicionados cuál es la garantía, riesgo y supuestos incluidos también deberán aparecer destacadas las exclusiones y clausulas limitativas.

  • Enfermedades crónicas o preexistentes en general y en algún caso solamente si se hubiera sufrido algún síntoma de ello dentro de los 30 días previos a la contratación
  • Anulaciones que tengan su origen en consumo de drogas (salvo prescripción), alcoholismo, epidemias, guerras, actos dolosos, autolesiones causadas intencionadamente, suicidios o intentos de suicidio.
  • La no presentación de los documentos indispensables para el viaje (pasaporte, visado, etc.), las lesiones que se produzcan en estado de enajenación mental, diabetes.

En qué es importante fijarse al contratar un seguro

  • Duración del viaje y el destino. Si se viaja a un país en el que no se puede utilizar la tarjeta sanitaria europea, se debe contratar un seguro con una buena cobertura médica en el extranjero.
  • Tarifas, primas y producto. Las compañías establecen condiciones en función de distinciones geográficas: España, Europa y países ribereños, resto del mundo excepto EE. UU., Japón y Canadá.
  • Información sobre el proceso para comunicar un siniestro.
  • Documentación justificativa que según la póliza se puede exigir para liquidar o reembolsar gastos generados en un siniestro

Legálitas destaca que existen seguros de anulación que incorporan un límite de días para la contratación del seguro y que solo son válidos si se han contratado en el mismo momento del viaje o como máximo en los 7 días siguientes. Por ello, es fundamental exigir un ejemplar de los condicionados y examinarlos o bien asesorarse jurídicamente sobre el alcance del contrato de seguro.

Qué se puede exigir que incluyan como consumidor

Fuera de los supuestos antes indicados (países que obligan a contratar seguros con coberturas mínimas), el asegurado podrá “negociar” las sumas, la existencia e importes de las franquicias y la contratación de coberturas complementarias.

Viajar fuera de la Unión Europea

Las compañías suelen disponer de modalidades según el destino en cuestión. En los viajes dentro de España o a la Unión Europea, Legálitas detalla que puede ser suficiente contratar una póliza con garantía de cancelación, perdida/daños y robo equipaje, prolongación de estancia, demoras y pérdida de servicios contratados y reembolso de vacaciones no disfrutadas.

Fuera de la UE, debería contratarse una póliza que incluya cobertura de asistencia sanitaria (con capitales adecuados según los costes sanitarios del país al que se viaja), repatriación, traslado familiar, convalecencia en hotel, asistencia legal y responsabilidad civil, gastos de secuestro, información general (embajadas, vacunas, requisitos de entrada).

Repatriación por enfermedad

Es recomendable incluir la garantía de repatriación, siendo lo ideal que sus límites máximos de indemnización contemplen una suma asegurada adecuada o que cubra su coste completo (o ilimitado) con un capital adecuado.

Cómo reclamar si el seguro no cubre un hecho sucedido en el país de destino

 Ante un incidente en un país remoto y ante un rechazo por parte de la entidad, la primera opción es pedir ayuda, información o colaboración a las embajadas o consulados, pues el trámite de reclamación a las entidades aseguradoras está regulado pero sujeto a plazos (dos meses, si bien existen entidades adheridas a código buenas prácticas comprometiéndose a resolverlo en un mes) y hay ciertos problemas que no se podrán resolver a corto plazo, ya que muchos de ellos acaban judicializados.

Legálitas recuerda que toda compañía está obligada a tramitar las reclamaciones de los asegurados e incluso a que sean conocidas y resueltas por un departamento de Atención al Cliente y/o defensor del asegurado de forma rigurosa, imparcial y con la fuerza de vincular a la compañía con una resolución positiva para el asegurado.

De no obtener una resolución favorable o ante la falta de respuesta podría iniciarse la acción judicial (la competencia territorial es de los juzgados correspondientes al domicilio del asegurado, siendo nulo cualquier pacto en contrario) o acudirse a la dirección general de seguros, aunque el dictamen que recaiga no sería vinculante.

También te puede interesar: