Qué necesitas para conducir una moto de agua este verano

¿Es necesario un carnet para conducir una moto de agua este verano?

Con la llegada del verano, muchos españoles optan por disfrutar del sol y las olas en las magníficas playas del país. Entre las actividades acuáticas más populares, el uso de motos de agua ha ganado gran popularidad. Según datos de AMV, las matriculaciones de motos de agua aumentaron un 50% en 2023 respecto al año anterior. Pero, ¿es necesario un carnet para conducir una moto de agua? Los expertos de AMV nos explican todo lo que necesitamos saber para conducir estas embarcaciones con seguridad.

1. ¿Cuándo es necesario un carnet de moto de agua?

De acuerdo con el Real Decreto 875/2014, las motos de agua son consideradas artefactos flotantes de menos de cuatro metros de eslora que utilizan un motor de combustión interna con bomba de chorro de agua. Estas pueden ser de recreo o deportivas, y existen en configuraciones monoplaza (jet ski) o para varios ocupantes (run about).

Si la moto de agua es de uso personal, ya sea propia o prestada por un amigo, es obligatorio tener un carnet de moto de agua. Sin embargo, para motos acuáticas alquiladas por horas, en circuitos o excursiones colectivas, no se requiere carnet. En estos casos, la empresa de alquiler debe estar autorizada y sus monitores deben instruir a los usuarios sobre el manejo de la moto para asegurar una experiencia segura.

2. ¿Existen diferentes tipos de carnet de moto de agua?

El Real Decreto 875/2014 establecía varias licencias para motos acuáticas:

  • Clase A: Para motos con potencia igual o superior a 110 CV.
  • Clase B: Para motos con potencia entre 55 y 110 CV.
  • Clase C: Para motos con potencia inferior a 55 CV.

Con la entrada en vigor del Real Decreto 238/2019, estos títulos han sido sustituidos. Desde el 1 de julio de 2024, los títulos válidos para conducir motos de agua son:

  • Patrón de navegación básica.
  • Patrón de embarcaciones de recreo.
  • Patrón de yate.
  • Capitán de yate.
  • Licencia de navegación.

No se necesita carnet para alquilar motos acuáticas por horas.

3. ¿Es obligatorio tener un seguro de moto de agua?

Según el Real Decreto 607/1999, es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil para las motos de agua de recreo o deportivas. Este seguro cubre daños personales y materiales causados a terceros durante la navegación o mientras la moto está atracada.

Para participar en regatas, pruebas o entrenamientos, es necesario un seguro especial que cubra estos riesgos. La falta de seguro puede acarrear multas de hasta 20.000 euros.

4. ¿Qué coberturas incluye un seguro de moto de agua?

El seguro obligatorio cubre la responsabilidad civil, protegiendo contra daños a terceros. Empresas como AMV ofrecen seguros adicionales que incluyen protección jurídica, reclamación de daños y coberturas opcionales como Accidentes del Conductor, que contempla asistencia médica y farmacéutica, e indemnizaciones por invalidez o fallecimiento.

5. Consejos para conducir una moto de agua con seguridad

Los expertos de AMV recomiendan las siguientes medidas para disfrutar de una moto de agua con seguridad:

  • Conducir en buenas condiciones meteorológicas y de visibilidad, y durante el día.
  • Asegurarse de que la moto está en perfecto estado y con el depósito lleno.
  • No sobrepasar el número de ocupantes permitido.
  • Usar chaleco salvavidas homologado y ropa de colores llamativos.
  • Conectar siempre el sistema “hombre al agua”.
  • Conducir con responsabilidad, evitando el consumo de alcohol o drogas.
  • Navegar solo en zonas habilitadas y mantener la distancia de seguridad con otras embarcaciones.
  • Informar a amigos o familiares sobre el plan de navegación.
  • En caso de problemas, permanecer junto a la moto y no intentar nadar hasta la costa.

Con estas recomendaciones, los veraneantes pueden disfrutar de la emoción de las motos de agua de manera segura y responsable.