
La Lotería de Navidad distribuye 198 millones de décimos; en caso de fallecimiento del ganador, el premio pasa a los herederos legales con tributación por sucesiones. La tributación de los premios depende del importe, con retención del 20% a partir de 40.000 euros y obligaciones fiscales diferenciadas.
La Lotería de Navidad celebra el 22 diciembre su sorteo extraordinario número 214 con 198 millones de décimos a la venta. Entre todos los participantes, únicamente un reducido grupo resultará agraciado, especialmente en lo que respecta a los premios más altos. ¿Qqué ocurre cuando el ganador fallece?
Melisa Sáez, abogada de ARAG
“Cuando una persona fallece, el premio pasará a sus herederos legales». En el caso de que el boleto premiado estuviese depositado en una Administración de Lotería, los herederos tendrán que acreditar su derecho y que tienen el título de heredero a través de la escritura de aceptación de herencia. “Además, deberán tributar por el impuesto de sucesiones”, aclara Sáez.
El impuesto de sucesiones se calcularía en base a la llamada “masa hereditaria”. Es decir, el premio se suma al resto de bienes que se heredan. Si el heredero o heredera son hijos o cónyuge, tendrán una reducción de 100.000 euros. Sobre el resto se aplicará un porcentaje, que será mayor cuanto más se herede.
Donación del premio en vida
Existiría una doble tributación:
- IRPF. Es la retención del 20% habitual al recibir un premio a partir de 40.000 euros.
- Impuesto de Donaciones. Los impuestos de donaciones varían considerablemente según la Comunidad Autónoma. Dependiendo del territorio, la fiscalidad puede ir desde la exención o bonificaciones muy elevadas en determinadas regiones, hasta la aplicación de tipos impositivos significativos en otras. Por ello, es fundamental consultar la normativa autonómica correspondiente para conocer el tratamiento fiscal concreto aplicable a cada caso.
Melisa Sáez expone una solución más habitual y práctica: “si hay una intención clara de donar el premio a un hijo o hija, el propietario del décimo premiado puede entregárselo antes de cobrarlo para evitar esta doble tributación”.
Cuánto se queda Hacienda del premio
Como hemos explicado, hasta los 40.000 euros los premios no tributan y no tienen impuestos, por lo que recibiremos el importe íntegro.
“A efectos prácticos, esto significa que solo mantienen la obligación de tributar por la diferencia el Gordo, el segundo y el tercer premio”, indica Melisa Sáez. A partir de estos 40.000 euros, hay una retención automática del 20% en el momento del cobro, por lo que en la próxima Declaración de la Renta no es necesario añadir nada.
Por ejemplo, en el Gordo de Navidad, premiado con 400.000 euros el décimo, se tributará por 360.000:
- El premiado se quedará con 328.000 euros
- Hacienda con 72.000 euros.
En el segundo premio, que es de 125.000 euros, el agraciado se quedará con 108.000 euros. En el tercer premio (de 50.000 euros), el premiado recibirá 48.000 euros y 2.000 euros serán para Hacienda.