Más de 300 profesionales asisten a la primera Charla Legal de Fundación Inade en 2026

Más de 300 profesionales asisten a la primera Charla Legal de Fundación Inade en 2026

Fundación Inade celebró ayer la primera Charla Legal de 2026. La sesión comienzo a un nuevo ciclo formativo dedicado al Título III de la Ley de Contrato de Seguro, centrado en los seguros de personas.


A lo largo de este ciclo se analizarán los artículos 80 a 106 de la Ley de Contrato de Seguro

Relativos a los seguros de vida, accidentes, enfermedad, asistencia sanitaria, decesos y dependencia, combinando el estudio de la normativa con la doctrina científica y la jurisprudencia más relevante, principalmente de la Sala Primera del Tribunal Supremo.

La sesión, celebrada en formato virtual, se desarrolló como una tertulia jurídica entre el ponente invitado, Juan Antonio Armenteros, socio director de Armenteros Abogados, y el director de Fundación Inade, Adolfo Campos Carballo, con un espacio final de participación para los asistentes.

Durante esta primera Charla Legal se analizaron las disposiciones comunes del seguro de personas

Reguladas en los artículos 80, 81 y 82 de la Ley de Contrato de Seguro. Dlimitan el concepto y alcance de esta modalidad aseguradora. En este contexto, se abordó qué riesgos pueden ser objeto de cobertura: “Todos aquellos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado”, explicó Armenteros.

La sesión permitió profundizar en los elementos personales del contrato —tomador, asegurado y beneficiario— y en cuestiones prácticas de especial relevancia, como el deber de declaración del riesgo y el alcance del cuestionario previo a la contratación.

Asimismo, se recordó que el plazo de prescripción de las acciones derivadas del seguro de personas es de cinco años y que, en caso de controversias de carácter valorativo, como las relativas a situaciones de incapacidad o invalidez, las partes pueden recurrir al artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro, considerado en la actualidad un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC).

También se analizaron las particularidades del seguro de grupo

Se articula a través de un único contrato, celebrado por cuenta ajena, y que el colectivo asegurado debe estar delimitado por una característica común ajena al mero propósito de asegurarse, siendo esencial que la forma de vinculación de los asegurados quede claramente definida. Por último, se abordaron las limitaciones al derecho de subrogación del asegurador en los seguros de personas, aclarando que, conforme al artículo 82 de la Ley de Contrato de Seguro, solo cabe su ejercicio respecto de los gastos de asistencia sanitaria.

La jornada concluyó con un turno de preguntas en el que se resolvieron las dudas planteadas por los asistentes, lo que dio lugar a un interesante debate sobre los seguros vinculados a convenios colectivos y sobre los derechos y deberes de aseguradoras, empresas y empleados en este tipo de contratos.

Esta primera Charla Legal de 2026 contó con la asistencia de más de 300 personas, consolidando una vez más este foro como un espacio de referencia para el análisis jurídico del contrato de seguro y reforzando el compromiso de Fundación Inade con la formación especializada y la creación de cultura del riesgo y el seguro.

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