Cómo reclamar los daños sufridos por el gran apagón eléctrico

El gran apagón que ha afectado a millones de personas en España ha dejado tras de sí una oleada de dudas sobre las vías de reclamación.

El gran apagón que ha afectado a millones de personas en España ha dejado tras de sí una oleada de dudas sobre los derechos de los afectados y las vías de reclamación. Según Legálitas, los usuarios podrán reclamar los perjuicios sufridos tanto a las compañías suministradoras como, en su caso, a sus aseguradoras, siempre que puedan demostrar los daños.

Reclamaciones a las comercializadoras o distribuidoras

La normativa vigente permite que los usuarios reclamen frente a la comercializadora o la distribuidora del servicio eléctrico contratado. Para que una reclamación prospere ante una distribuidora, será suficiente con acreditar que la alteración en el suministro eléctrico causó los daños reclamados. Solo si la compañía puede probar que el fallo fue provocado por fuerza mayor o por terceros ajenos al servicio quedaría eximida de responsabilidad.

La vía del seguro frente al apagón

Otra alternativa para los afectados es revisar las coberturas de sus pólizas de hogar o de negocio. Muchas pólizas incluyen protección frente a daños causados por cortes de suministro, como averías en electrodomésticos, pérdida de alimentos o interrupción de actividades. Desde Legálitas aconsejan contactar cuanto antes con la aseguradora, comprobar las coberturas incluidas y presentar todas las pruebas posibles de los daños.

La importancia de conservar pruebas

Tanto si se reclama a la compañía eléctrica como al seguro, será esencial guardar facturas de los productos dañados, tickets de compra de alimentos perdidos y recopilar fotografías o vídeos que evidencien los perjuicios sufridos.

Protección para los trabajadores

En cuanto al ámbito laboral, los trabajadores que no hayan podido desempeñar sus funciones a causa del apagón, ya sea de forma presencial o telemática, no podrán ser sancionados ni obligados a recuperar las horas no trabajadas. Así lo establece el artículo 30 del Estatuto de los Trabajadores y varias sentencias del Tribunal Supremo, que reconocen el derecho de los empleados a conservar su salario en situaciones donde el corte eléctrico impide la prestación del servicio.

Posibles medidas extraordinarias

Aunque la normativa actual ya ofrece vías de reclamación, el Gobierno podría aprobar medidas adicionales para paliar los efectos del apagón en sectores especialmente afectados.

También te puede interesar: