En los últimos años, las tarjetas revolving han estado en el punto de mira de los usuarios y, también, de los despachos de abogados y plataformas especializadas en este tipo de reclamaciones. Una sentencia del 4 de marzo de 2020 por el Tribunal Supremo en la que se declaraba usurario el tipo de interés del 26,82% de una de estas tarjetas, ponía en el ojo del huracán este producto. La decisión del Alto Tribunal sentó jurisprudencia para instancias inferiores y abrió la puerta a las reclamaciones de clientes de forma masiva.
Ante este hecho, varios despachos de abogados o plataformas legales han visto en estas demandas un negocio muy interesante. Con una simple búsqueda en internet es fácil encontrar centenares de plataformas que ofrecen este tipo de servicios con distintos reclamos publicitarios.
¿Cuánto cuesta reclamar mis tarjetas revolving?
Tras la Sentencia del Tribunal Supremo de 2020, estos despachos de abogados atraen a los potenciales demandantes sabiendo que en la mayoría de los casos el juicio va a estar ganado. De esta manera, pueden hacer reclamaciones masivas que suelen ser rápidas y que, supuestamente, no tienen coste o conllevarían un coste relativamente bajo para el potencial cliente.
Los clientes suelen pensar que estos despachos les piden entre 100 y 700 euros por llevar a juicio su caso. Sin embargo, la letra pequeña de estos contratos dice que, en caso de ganar el juicio con costas (que se produce en la mayoría de los casos) éstas son para el despacho. El cliente suele desconocer a cuánto asciende el importe real de dichas costas.
“Las costas pertenecen a la parte que gana el juicio, en estos casos al cliente. En ocasiones puede haber algún reparto a sus abogados, pero ésta siempre debe ser voluntaria y transparente”, señala Antonio Gallardo, experto financiero de iAhorro. “Lo que desconocen los clientes es que se sus abogados, con las costas, se van a llevar mucho más dinero de lo que suelen recuperar sus clientes por ir a juicio”.
¿Por qué algunos despachos piden las costas como parte del cobro por sus servicios? El experto financiero destaca que esta práctica solo es legal cuando se ha llegado a un acuerdo transparente entre las dos partes “este posible siempre que el trato sea proporcional. Sin embargo, estamos viendo que, en este tipo de procesos donde es muy seguro que gane el cliente y las cantidades sean importantes, que el abogado se lleve el total de las costas es muy desproporcionado y en la mayoría de las ocasiones el cliente desconoce su importe”, apunta.
Pongamos un ejemplo de un cliente que tiene una tarjeta revolving
Ha aplazado sus compras por valor de 4.000 euros con su tarjeta. Ha pagado 2.500 euros en concepto de intereses y sigue teniendo una deuda pendiente de 1.500 euros con el banco, esto es, una parte del principal.
Decide llevar a la entidad a juicio y consigue una sentencia a su favor. El banco le tiene que devolver los 2.500 euros de intereses cobrados y, además, tiene que pagarle las costas, que se han tasado en 2.500 euros. El ciudadano debería llevarse un total de 5.000 euros y devolverle al banco los 1.500 de deuda todavía pendiente. En total, se quedaría con 3.500 euros y de ese dinero, cubriría los costes pactados con el abogado.
Sin embargo, si ha acordado que las costas son para su abogado, se va a llevar como máximo entre 395 y 1.000 euros (dependiendo de los honorarios pactados con el despacho). El abogado, por el contrario, se va a llevar los 2.500 de las costas más el porcentaje del dinero recuperado pactado como sus honorarios.
Devolver el principal de forma inmediata
Es importante diferenciar entre dos tipos de usuarios de tarjetas de crédito que están pensando en reclamar: los que ya han devuelto todo el dinero prestado por la entidad y solo adeudan intereses por el pago aplazado, y los que aún tienen pendiente el pago del capital prestado (el principal).
En determinadas ocasiones, los ciudadanos, a pesar de ganar el juicio, siguen teniendo una deuda pendiente con el banco. Ganar el juicio supone que la entidad le devuelva los intereses abusivos cobrados de más, pero no que le condonen el dinero que le han prestado o el principal, si todavía lo debe. Deberá devolverlo al banco de forma inmediata, en el momento que se gana la sentencia.
“Muchos ciudadanos desconocen este punto. Se lanzan a las reclamaciones sin que su abogado les haya informado de que estarán obligados a afrontar este pago incluso si ganan el juicio y que este debe hacerse porque si no la entidad tendrá derecho a demandarles. Un servicio jurídico de calidad siempre debe informarle de las posibles consecuencias de no devolverlo a tiempo”, explica el experto financiero de iAhorro.
¿Y si llego a un acuerdo con mi entidad?
La mayoría de las entidades que comercializan tarjetas revolving están intentando llegar a un acuerdo con sus clientes sin necesidad de pasar por el juzgado. Estos acuerdos son más rápidos y en muchos casos son más favorables para el cliente. “La mejor solución es la que reintegre más dinero, considerado de forma global; es decir, disminuyendo los gastos. Si con una solución extrajudicial se consigue una restitución de dinero suficiente y no se tiene el riesgo de ir a juicio, que puede dar un resultado negativo, optar por esta solución tiene muchos puntos a favor. En mi opinión, solo se debe ir a juicio si no hay una respuesta suficientemente positiva, nunca por arañar unos pocos euros más por el riesgo que conlleva”, destaca Antonio Gallardo.
Los acuerdos también pueden resultar una opción interesante para todos aquellos que aún tienen la deuda en vigor y no cuentan con los ahorros suficientes para poder asumir este pago inmediato.
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