El conflicto en Oriente Próximo deja a los viajeros sin derecho a indemnización

El conflicto en Oriente Próximo, considerado causa de fuerza mayor, deja a los viajeros sin derecho a indemnización

La reciente escalada del conflicto en Oriente Próximo, con bombardeos en varios países de la región y el cierre de espacios aéreos, ha dejado a miles de viajeros atrapados en terceros países como Dubái o Doha, además de generar incertidumbre entre quienes tenían viajes programados en las próximas semanas.

Según explica Legálitas, el conflicto bélico se considera una circunstancia extraordinaria o causa de fuerza mayor, lo que implica que los pasajeros afectados por cancelaciones no tienen derecho a indemnización económica adicional, aunque sí conservan otros derechos básicos de asistencia y reembolso.

Viajeros atrapados en terceros países

Cuando un vuelo hace escala en un tercer país y el pasajero queda bloqueado por la cancelación del trayecto, la compañía aérea está obligada a ofrecer transporte alternativo hasta el destino final o, si no es posible, hasta el lugar de origen, ya sea en avión, tren, barco o autobús.

Asimismo, debe garantizar el denominado derecho de atención, que incluye:

  • Comida y refrescos suficientes según el tiempo de espera.
  • Alojamiento en hotel si es necesario pernoctar.
  • Transporte entre el aeropuerto y el alojamiento.
  • Dos comunicaciones gratuitas (llamadas, fax o correo electrónico).

Cancelaciones y reembolsos

En caso de cancelación de un vuelo programado para las próximas semanas, el Reglamento (CE) nº 261/2004 obliga a la aerolínea a ofrecer al pasajero un nuevo billete en la fecha más próxima posible o el reembolso del importe abonado en un plazo de siete días.

Si la cancelación se comunica con al menos 14 días de antelación, el pasajero tendrá derecho únicamente al reembolso, salvo que acepte un cambio de fecha u hora propuesto por la compañía.

Si la aerolínea no cumple estas obligaciones, el afectado puede presentar reclamación primero ante la compañía y, en su caso, ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

No obstante, al tratarse de una circunstancia extraordinaria ajena al control de la aerolínea, el consumidor no puede exigir compensaciones económicas adicionales por los perjuicios ocasionados.

Viajes combinados: vuelo y hotel

En el caso de los viajes combinados (vuelo más hotel u otros servicios), si el viaje no se ha iniciado, el consumidor tiene derecho a recuperar el importe total abonado.

Si el viaje ya ha comenzado, la agencia o el operador turístico debe ofrecer una solución y asumir la responsabilidad subsidiaria frente al cliente. El viajero tendrá derecho al reembolso proporcional de los servicios no disfrutados.

Asimismo, si la agencia cancela el viaje o introduce modificaciones sustanciales —como cambios de fechas o categoría hotelera—, el cliente puede optar por el reembolso íntegro y rechazar las nuevas condiciones.

Cancelación por decisión del viajero

Si el vuelo no ha sido cancelado pero el consumidor decide no viajar por precaución, puede invocar causa de fuerza mayor para cancelar el viaje y solicitar el reembolso de los gastos pagados sin penalización. No obstante, solicitar un billete abierto puede implicar costes adicionales.

En un contexto de elevada inestabilidad geopolítica, Legálitas recomienda a los viajeros revisar las condiciones de sus contratos y actuar con rapidez ante cualquier cancelación para garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos.

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