
Inade y AGPI se reúnen para aclarar obligaciones del sector asegurador en la aplicación de sistemas isobre protección de informantes. Encuentro clave para el cumplimiento de la normativa de protección al informante y lucha contra la corrupción.
Inade mantuvo una reunión con Ricardo Ron Latas, director de la AGPI, a fin de clarificar criterios relacionados con las obligaciones de los operadores del sector respecto a la implantación de los Sistemas Internos de Información. y cumplir con la
normativa reguladora de la protección de los informantes.
Canales de denuncias
Los corredorres que comercializan seguros de vida están obligados desde septiembre de 2018 a disponer de un “Canal de Denuncias” para que sus empleados, directivos o colaboradores externos puedan comunicar información relevante sobre posibles incumplimientos en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
Desde febrero de 2020, todos los distribuidores de seguros están obligados a disponer de procedimientos adecuados para que sus empleados puedan notificar infracciones a nivel interno a través de un “Canal de Denuncias” independiente, específico y autónomo. Estos procedimientos deben garantizar la confidencialidad tanto de la persona informante como la de los responsables de la infracción.
Sistemas internos de información
Con la entrada en vigor de la Ley 2/2023 reguladora de la protección del informante, todos los mediadores de seguros (personas jurídicas) deben disponer de un Sistema Interno de Información (SII) para que sus empleados, socios/accionistas, administradores, directores y otras personas que mantengan una relación profesional y/o laboral puedan comunicar infracciones normativas en el seno de la organización de la empresa.
El plazo límite para la adaptación de los antiguos sistemas a la nueva regulación finalizó en diciembre de 2023.
Conclusiones
Durante la reunión, estuvieron presentes el director de Inade, Adolfo Campos, y la responsable de la instrucción e implantación de los SII, Alba Lorenzo. Ambos expusieron a Ricardo Ron dudas interpretativas de la norma acerca del alcance de las obligaciones en esta materia, que se encuentra a la espera de desarrollo reglamentario.
Conforme a la interpretación de las directivas de la UE, se considera que tanto los agentes de seguros como los colaboradores externos que sean personas jurídicas, están obligados a disponer de un SII, independientemente del número de trabajadores.
El director de la AGPI avanzó que el organismo está realizando un análisis de los SII de todas aquellas empresas que estén obligadas en la comunidad autónoma de Galicia.