La Ley de la Vivienda prolonga los plazos para la recuperación de inmuebles

La Ley de la Vivienda prolonga los plazos para la recuperación de inmuebles

Veinte meses después de la aprobación de la actual Ley de Vivienda se confirman las consecuencias de algunas de las medidas que protegen a los inquilinos. En muchos casos, se traduce en un aumento de los plazos para recuperar inmuebles, que se sitúan, de media, en más de un año.


El Consejo de Ministros ha extendido la suspensión de desahucios en hogares vulnerables hasta el 31 de diciembre de 2025. En los nuevos procesos, “los plazos de suspensión de los lanzamientos se incrementan a 2 meses cuando el propietario es persona física y 4 meses cuando es persona jurídica y el inquilino ha demostrado su vulnerabilidad económica”, indica Montserrat Martín, abogada de la compañía de  ARAG.

Requisitos para grandes tenedores de la Ley de Vivienda

Una sentencia reciente ha declarado inconstitucional la obligación de que los grandes tenedores acudan a los servicios sociales antes de la demanda de desahucio. Sin embargo, los arrendadores que no sean grandes tenedores deben acreditarlo, con el riesgo de demora que implica el trámite.

Seguros con más de 12 meses de impago

“Una de las soluciones es intentar conseguir un acuerdo amistoso para resolver el conflicto sin necesidad de ir a juicio”, explica la abogada de ARAG. Con la última reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil será un requisito obligatorio previo a la vía judicial intentar dicho acuerdo amistoso. Si no es posible, existen productos aseguradores que cubren la prestación por impago de rentas, adelantando al arrendador las mensualidades impagadas por el inquilino mientras dure el procedimiento.

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