Seguros para los viajeros ante un accidente ferroviario

Seguros para los viajeros ante un accidente ferroviario

Jhasa analiza el sistema de seguros para los viajeros que se activan en un accidente ferroviario, desde las coberturas obligatorias hasta los mecanismos de reclamación y las coberturas complementarias.


El accidente ocurrido en Adamuz ha generado un gran impacto social y ha movilizado un amplio dispositivo de emergencia, mientras continúan las labores de atención a las víctimas y sus familiares y se desarrollan las actuaciones judiciales y técnicas correspondientes. En este contexto, se activan también los mecanismos legales y aseguradores previstos para este tipo de situaciones, incluidas las coberturas obligatorias que protegen a los viajeros durante desplazamientos en transporte público.

Rafael Escarpizo, director de Siniestros de Jhasa

«En situaciones como esta es fundamental disponer de información clara, veraz y accesible, tanto para particulares como para empresas con trabajadores que pudieran encontrarse desplazándose por motivos laborales en el momento del accidente”.

Seguro Obligatorio de Viajeros: la cobertura mínima garantizada

Toda persona que viaja en un medio de transporte público con un billete válido, ya sea por motivos personales o laborales, queda protegida por el Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV), conforme a la normativa vigente, que ampara a los pasajeros frente a lesiones o fallecimiento como consecuencia de un accidente ocurrido durante el trayecto.

La cobertura por fallecimiento puede extenderse hasta dieciocho meses después del siniestro, siempre que quede acreditado que el deceso se ha producido como consecuencia directa del accidente.

En materia de asistencia sanitaria

La cobertura queda garantizada durante un periodo máximo de 72 horas desde el momento del accidente cuando no se requiere hospitalización ni tratamiento especializado, hasta diez días cuando los asegurados estén cubiertos por otros seguros obligatorios, y hasta noventa días en los demás supuestos previstos en la normativa.

Indemnizaciones establecidas por el SOV

Se contemplan distintos supuestos, entre ellos el fallecimiento y las lesiones permanentes o temporales, con cuantías determinadas conforme al baremo recogido en el reglamento regulador. Actualmente, la indemnización por fallecimiento alcanza los 36.060,73 euros, según la normativa vigente, si bien esta cuantía puede verse incrementada en determinados supuestos debidamente acreditados, conforme a lo dispuesto en el baremo aplicable.

Tienen derecho a la compensación económica por fallecimiento los familiares de primer grado (hijos y padres) y, en ausencia de estos, los de segundo grado, conforme a lo establecido en el marco normativo aplicable.

Reclamaciones adicionales: responsabilidad civil y otros seguros

De forma complementaria, existen otros seguros que pueden resultar de aplicación en función de la situación personal de cada afectado. Entre ellos se incluyen los seguros de asistencia en viaje contratados de forma individual en el momento de la compra del billete, así como las coberturas asociadas a determinadas tarjetas de crédito y débito. Asimismo, algunos seguros de hogar incorporan garantías de defensa jurídica que pueden cubrir los gastos legales derivados de posibles reclamaciones.

Por último, en el caso de los viajeros que disponían de billetes para desplazarse en los días y horas posteriores al suceso en los tramos afectados, la normativa de transporte reconoce el derecho a la devolución íntegra del importe del billete cuando el servicio no puede prestarse en las condiciones contratadas.

Seguros de empleados: accidentes y vida colectivos

Las personas que se encontraran desplazadas por motivos laborales en el momento de la colisión pueden estar cubiertas por pólizas colectivas de vida y/o accidentes contratadas por sus empresas, cuyas indemnizaciones y garantías varían en función del convenio colectivo aplicable y de las condiciones específicas de cada póliza.

En estos supuestos, resulta especialmente relevante determinar si el desplazamiento se producía dentro del horario laboral y, en su caso, si la póliza incluye cobertura de accidentes 24 horas, lo que permitiría la protección incluso fuera de la jornada de trabajo.

De forma adicional, algunas compañías cuentan con pólizas voluntarias de vida y/o accidentes que amplían o mejoran las condiciones mínimas establecidas por el convenio colectivo. En estos casos, corresponde a las propias empresas la activación de los protocolos internos para la puesta en marcha de los servicios asociados, que pueden incluir, entre otros, asistencia, desplazamientos, repatriación, hospitalización o prestaciones vinculadas a seguros de vida, en función de las coberturas contratadas.

Diana Hernández, directora del área de Seguros de Salud y Beneficios para Empleados de Jhasa.

“Estas coberturas no excluyen en ningún caso la protección derivada del Seguro Obligatorio de Viajeros ni la de los seguros obligatorios vinculados a la relación laboral, sino que son compatibles y complementarias, siempre dentro de los límites y condiciones establecidos en cada póliza”.

En cuanto a los procedimientos de reclamación, cada caso puede verse afectado por distintas circunstancias y niveles de gravedad, pero, con carácter general, las actuaciones deben iniciarse una vez se disponga de la documentación acreditativa necesaria, entre la que se incluyen partes médicos, informes periciales, facturas de gastos derivados del accidente, billetes de viaje y cualquier otro registro relacionado con el siniestro.

Aunque los plazos pueden variar en función de la vía de reclamación (administrativa, civil o aseguradora), Rafael Escarpizo recomienda actuar con la mayor diligencia posible, dado que algunas acciones están sujetas a límites temporales para su presentación ante los servicios de atención al cliente y los mecanismos formales de reclamación de las entidades implicadas.

“Las reclamaciones deben tramitarse con el máximo rigor y respeto hacia las víctimas y sus familiares, evitando cualquier tipo de especulación sobre las causas del siniestro hasta que finalicen las investigaciones oficiales, y basándose exclusivamente en hechos acreditados, bajo la orientación de profesionales especializados en seguros y en responsabilidad civil”, concluye Escarpizo.

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