Un año sin la Ley definitiva de la IDD

El Consejo General celebra en Barcelona su primer pleno presencial en 20 meses.

Hace un año celebrábamos la entrada en vigor de la publicación del Real Decreto-Ley 3/2020 del 4 de febrero, que venía a transponer la Directiva de Distribución de Seguros de 2016, conocida como IDD. La aprobación de esta norma suponía una actualización, armonización y equiparación de obligaciones y derechos de la normativa de distribución de seguros española en el ámbito europeo.

Pero, también, y de forma esencial, contemplaba numerosos cambios como la novedosa regulación de los distribuidores y mediadores, introduciendo al comparador de seguros como uno más de ellos. También incluía cambios en la forma de actuación de un mediador en función de los productos a distribuir exigiendo nuevas obligaciones de información al cliente en aras a su protección.

IDD en España, pendiente de una ley específica

Sin embargo, esta novedosa normativa está pendiente de una nueva Ley específica. Tal y como ha denunciado en numerosas ocasiones el Consejo General, a día de hoy la normativa sigue, en la práctica, sin hacerse efectiva y sin que las autoridades competentes tomen medidas al respecto con instrucciones claras sobre su cumplimiento.

Aspectos pendientes

El organismo representante de los todos los mediadores de seguros colegiados recuerda que todavía queda pendiente el trámite parlamentario que desemboque en una nueva Ley de Distribución.

En ese debate podrían examinarse las enmiendas a la ley presentadas por esta institución, con vistas a hacer más similares y equitativas las obligaciones para todos los canales de distribución de seguros y controlar su cumplimiento efectivo. El Consejo General echa de menos tanto la falta de concreción como la ausencia de efectividad de tales medidas. «Parece que todo se ha quedado en una mera voluntad de mejora. Sin que se haya llegado a llevarla a la práctica».

Enmiendas de la IDD

Entre las enmiendas aprobadas figuraban además otros temas tan relevantes para la profesión del mediador como la regulación de las pruebas de aptitud en materias financieras y de seguros privados. Y la fijación de unos requisitos armonizados. Así como la creación de un registro central y único de los diplomas otorgados por los centros de formación.

Pero también incluían aspectos de máximo interés para la protección del consumidor, entre ellas: Exigir a los comparadores de seguros un mínimo de cumplimiento equiparable al de las corredurías e igualarlos con la normativa que afecta a los comparadores financieros. Prohibir a los operadores de banca seguros utilizar los datos de sus clientes de las pólizas contratadas por los mismos con otras entidades aseguradoras. Y que los corredores de seguros no necesiten la autorización individual de los clientes para traspasar una cartera de una entidad a otra, como pasa en el caso de las entidades aseguradoras.

Y es que, durante estos meses de parálisis parlamentaria el cliente cada vez está más desprotegido. Es más, la pandemia y sus consecuencias económicas han agudizado las exigencias de la banca en relación a la venta e imposición de productos aseguradores a sus clientes, sin que las autoridades parezcan estar tomando cartas en el asunto. Y, de nuevo, son los consumidores quienes han salido más perjudicados ante esta falta de desarrollo concreto de las medidas establecidas por la directiva, tema que también ha sido denunciado desde la organización colegial.

El Consejo General pide mayor concreción

Por tanto, el Consejo General considera fundamental que la Ley se apruebe. Y que baje al detalle las numerosas materias que regulan el Real Decreto Ley y la IDD. Muchas de ellas, señala la institución mediadora, precisan una mayor concreción. Para poder proteger de una forma efectiva tanto a los profesionales de la distribución de seguros como a los consumidores. Un correcto desarrollo normativo también redundaría de forma positiva en el propio negocio asegurador y su funcionamiento; evitando confusiones en la interpretación práctica de la Ley.

En definitiva, la transposición de la Ley de Distribución de Seguros debería suponer un antes y un después para la distribución aseguradora y para el consumidor final. Sin embargo, aún no se han percibido estos cambios; cambios que, debido a las consecuencias económicas de la terrible pandemia que nos afecta, son más urgentes que nunca.

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