Una posible huelga de alquiler podría reducir la oferta en un 20 %, según OESA



OESA analiza los efectos de una huelga de alquiler e inicia una potente campaña para lograr acuerdos entre propietarios e inquilinos.


OESA, ante los insistentes anuncios de una huelga de alquiler, aboga por la negociación y el acuerdo entre propietarios e inquilinos para solucionar el problema del arrendamiento en nuestro país.

Efectos de una posible huelga de alquiler

  • Bajada de la ya mermada oferta. Recorte que OESA cifra en más del 20 por ciento.
  • Aumento de los precios de los nuevos contratos en un porcentaje superior al 20 por ciento.

Así lo explica Javier Íscar de Hoyos, presidente de OESA, asociación pionera en el impulso del alquiler en España y referente del sector desde hace once años: “una posible huelga de alquiler seguirá potenciando los efectos adversos de la Ley de Vivienda de bajada de oferta y aumento de precios. Sería echar más leña al fuego”.

Intervenir el mercado perjudica a la oferta

OESA anima, por ello, a los actores del alquiler a fortalecer la política de la negociación y el acuerdo. Así como la colaboración pública – privada. También insiste en que toda medida que suponga intervenir el mercado perjudica a la oferta.

«Los inquilinos siempre van a ser los mismos o más porque el precio de la vivienda en propiedad sigue siendo alto. Un mercado de alquiler intervenido provoca efecto huida tanto de los pequeños propietarios, grandes tenedores, como de los fondos de inversión”, comenta Íscar.

El acuerdo como única solución

El acuerdo es la única solución y la mejor muestra fue el resultado de la huelga de alquiler que ya sufrió España hace casi un siglo, según se recuerda desde OESA. En agosto de 1931, con una crisis de vivienda similar a la actual, más de 90.000 familias de Barcelona dejaron de pagar sus alquileres con el propósito de conseguir una rebaja en el precio del 40 por ciento. La huelga finalizó a principios de 1932 con un acuerdo entre inquilinos y propietarios para bajar el precio de los alquileres.

Barcelona, en aquel momento había pasado de 600.000 habitantes a más de un millón, tras la llegada de inmigrantes andaluces, extremeños o murcianos que buscaban trabajo, mientras la crisis económica estadounidense de 1929 empezaba a hacer mella en Europa.

Unos años antes, en 1922, también hubo huelgas en México que no prosperaron de forma generalizada, pero sí lograron avances para los inquilinos y la cesión de suelo público para la construcción de vivienda social.

El desahucio como desenlace inevitable ante la huelga

La huelga de alquileres no está reconocida como figura legal en la actualidad en nuestro país. El inquilino que no paga poder recibir un requerimiento fehaciente del arrendador, es decir un burofax, carta certificada o correo electrónico certificado donde le da plazo de 30 días para que realice al abono pendiente. En caso de no hacer el pago y no responder, el propietario puede presentar una demanda de desahucio por impago y reclamación de rentas. Si hace el pago, el contrato sigue en vigor y con las mismas condiciones.

También te puede interesar: