
Los mediadores de seguros aconsejan orientación profesional para reclamaciones en caso de accidente ferroviario. El Seguro Obligatorio de Viajero garantiza asistencia sanitaria y compensaciones a familiares de pasajeros fallecidos en accidentes de tren.
Los mediadores de seguros recuerdan que los pasajeros de tren cuentan con un Seguro Obligatorio de Viajero, regulado por el Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros.
Real Decreto 1575/1989
Este seguro cubre “las lesiones corporales de toda persona que, en el momento del accidente, esté provista del título de transporte”, incluyendo muerte, incapacidad permanente o temporal del asegurado, así como asistencia sanitaria. En caso de fallecimiento, los beneficiarios se determinan en el siguiente orden: cónyuge, descendientes o padres del finado, y las cuantías de indemnización se fijan conforme al anexo del citado Real Decreto 1575/1989.
Asistencia a las víctimas
Por otra parte, el real decreto 627/2014 de asistencia a las víctimas de accidentes ferroviarios y a sus familiares, establece un baremo de indemnizaciones del Seguro Obligatorio de Viajeros en el transporte ferroviario que duplica las indemnizaciones previstas para los viajeros de otros transportes colectivos.
Responsabilidad civil
Con independencia del Seguro Obligatorio de Viajeros, el responsable del accidente deberá indemnizar a las víctimas y perjudicados mediante su seguro de responsabilidad civil, pudiendo aplicarse posibles franquicias. Las cuantías, conceptos y beneficiarios se determinan conforme al baremo de circulación de vehículos a motor, regulado en el RD Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.
Las víctimas y perjudicados pueden presentar reclamaciones judiciales o extrajudiciales, y en muchos casos estas pueden canalizarse a través de coberturas de defensa jurídica incluidas en seguros de hogar, defensa jurídica u otras pólizas que contemplen estas reclamaciones.
El Consejo General recomienda acudir a un mediador de seguros para recibir orientación y asistencia profesional.