Robo y hurto en la vivienda: diferencias que condicionan la cobertura del seguro de hogar

Robo y hurto en la vivienda: diferencias que condicionan la cobertura del seguro de hogar

Más de la mitad de los españoles teme sufrir un robo o hurto en su vivienda este verano. El análisis de Rastreator aborda las coberturas del seguro de hogar y las diferencias entre robo y hurto.


Más de la mitad de los españoles teme sufrir un robo o hurto en su vivienda este verano. De hecho, según el análisis del comparador de seguros de hogar Rastreator, el 52% reconoce que este tipo de siniestro se encuentra entre sus principales preocupaciones, una inquietud que cobra especial relevancia durante los meses estivales, cuando muchas viviendas habituales quedan vacías por las vacaciones.

Antonio Rubio, responsable de seguros de hogar en Rastreator

«El verano es un momento especialmente relevante para revisar nuestro seguro de hogar, ya que dejamos nuestra vivienda habitual vacía durante las vacaciones y, en el caso de las segundas residencias, puede pasar mucho hasta que volvamos a ellas. Contar con un seguro adecuado nos permite tener protegidos tanto la vivienda como los bienes que tenemos en su interior, pero es importante conocer qué incluye realmente nuestra póliza.»

Robo y hurto: ¿qué diferencia hay y qué cubre el seguro?

Aunque ambos implican la sustracción de bienes, robo y hurto no son lo mismo. Mientras que en el robo existe fuerza, violencia o intimidación, en el hurto la sustracción se produce sin estos elementos. Esta diferencia también se refleja en los seguros, ya que el robo suele estar incluido en las pólizas multirriesgo, que reúnen diferentes garantías para proteger la vivienda y sus bienes, mientras que la protección frente al hurto puede variar más en función de la modalidad contratada y contar con límites o condiciones específicas.

Rubio explica que «cuando hablamos de proteger una vivienda frente a un robo, no solo debemos pensar en los objetos que pueden sustraerse, sino también en los posibles daños que pueda sufrir la propia vivienda para acceder a ella. Por eso, es importante comprobar que el seguro contempla tanto el continente, que engloba elementos como puertas, ventanas, cerraduras o instalaciones, como el contenido, que incluye los bienes que se encuentran en su interior, como muebles, electrodomésticos o dispositivos electrónicos, y conocer los límites establecidos para cada uno. Eso sí, si tenemos joyas u obras de valor, habrá que contratar una cobertura específica para ello, ya que, de lo contrario, no estarían cubiertas.»

Las joyas y obras de arte pueden tener límites de cobertura específicos

La cobertura de joyas, obras de arte y otros objetos de valor puede estar sujeta a límites de indemnización específicos dentro del seguro de hogar, que varían según la póliza y las condiciones de contratación. Según la póliza contratada, las cantidades aseguradas para este tipo de bienes pueden oscilar desde los 3.000 euros hasta los 50.000 euros, aunque el límite concreto depende de la modalidad, de los bienes asegurados y de las condiciones establecidas por cada compañía. En algunos casos, además, es necesario declarar expresamente estos objetos para que queden cubiertos por su valor.

Además, algunas pólizas establecen límites de indemnización diferentes en función de cómo se custodien estos bienes, ya que, si se guardan en una caja fuerte y se dispone de alarma, la cobertura puede ser superior cuando se cumplen las condiciones de seguridad exigidas por la aseguradora. Asimismo, para acreditar el valor de estos bienes, las compañías pueden solicitar facturas de compra, tasaciones u otra documentación que permita justificar su valor, especialmente en el caso de piezas con un precio elevado. Por ello, es importante comprobar tanto el importe máximo asegurado como los requisitos de custodia establecidos en la póliza.

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