Hechos y Derechos: la responsabilidad legal del menor



Hechos y Derechos

Los menores españoles tienen un grado de conocimiento bajo de las posibles consecuencias penales de sus actos. Sin embargo, conocen mejor algunas casuísticas concretas propias de su generación, como pueden ser el acoso escolar o el ciberbullying. Son conclusiones que se extraen del primer estudio realizado por Arag dentro de su campaña Hechos y Derechos, que busca concienciar a los más jóvenes sobre sus derechos legales, pero también sobre las consecuencias de sus actos a nivel jurídico.

En el estudio, 879 alumnos de 13 colegios de distintas ciudades (Barcelona, Madrid, Sevilla, Málaga, Valencia, Zaragoza) han respondido a un cuestionario de 10 preguntas. Sólo dos de los 879 han contestado correctamente a todas las preguntas, mientras que 3 las han respondido todas mal. La mayoría (un 60%) han respondido bien entre tres y cuatro de las 10 preguntas. Un 12% aprobaría el cuestionario, por lo tanto, sólo 1 de cada 10 menores aprueban en conocimientos sobre sus derechos y responsabilidades legales a nivel penal.

Responsabilidad y consecuencias

Si bien el 75% de los encuestados contestan acertadamente la edad de aplicación de la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores (de los 14 a los 18 años) y el 62% piensa que un menor puede estar obligado a ir a juicio, solo un 8% sabe que los delitos cometidos siendo menor de edad no se convierten en antecedentes penales en la vida adulta. El estudio también muestra que un 23% de los alumnos considera que un menor, junto a sus padres o tutores, es también responsable de los perjuicios económicos causados por su delito, considerando la mayoría (73%), equivocadamente, que la responsabilidad económica recae únicamente sobre los padres o tutores.

Casos concretos

Cuando el estudio profundiza en algunas casuísticas penales concretas de especial relevancia para los menores, sí se observa un grado de conocimiento mayor. Es el caso de la diferencia entre robo y hurto, dado que el 73% de los encuestados sabían que la diferencia entre ambos términos radica en el uso de fuerza, violencia o intimidación.

Lo mismo pasa con el acoso y el ciberacoso. Su significado es conocido por hasta un 85% de los menores. Sin embargo, muy pocos de ellos saben que sus consecuencias pueden limitarse a ser psicológicas (y no solo físicas) y que, para ser considerados como bullying o ciberbullying, deben ocurrir de forma repetida en el tiempo, sin perjuicio de que actuaciones puntuales también puedan ser sancionadas penalmente en su justa medida.

En cuanto al botellón, un 92% es consciente de que esta práctica puede suponer una multa (sanción administrativa), aunque la mitad cree, de forma errónea, que se trata de un delito por sí solo.

Conclusiones

Así pues, se detecta entre los menores un conocimiento puntual y desigual del entorno legal que les afecta; poco exhaustivo como demuestran las bajas cifras de acierto mayoritario de la encuesta. La abogada de Arag, Mercè Tabuenca, apunta que “todavía hay mucho camino por recorrer si queremos tener a nuestros jóvenes bien informados sobre la responsabilidad penal, que ya tienen a partir de los 14 años en base a la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores, y posteriormente, a partir de los 18 años, en base al Código Penal”.

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