El Consejo General celebra la reforma de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos

La nueva normativa incorpora varias alegaciones del Consejo General y amplía el seguro obligatorio a ciertos patinetes eléctricos

La nueva normativa incorpora varias alegaciones del Consejo General y amplía el seguro obligatorio a ciertos patinetes eléctricos

El Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros ha mostrado su satisfacción ante la aprobación de la reforma de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos, tras la trasposición de la 7ª Directiva europea. La normativa incluye varias de las alegaciones presentadas por el sector durante el proceso de consulta pública.

Uno de los aspectos más destacados es la ampliación del concepto de “vehículo a motor”, que a partir de ahora incluirá también a determinados patinetes eléctricos. Concretamente, aquellos que superen los 25 km/h de velocidad de fabricación o tengan un peso neto superior a 25 kg y una velocidad máxima de más de 14 km/h. Seis meses después de la entrada en vigor de la norma, estos vehículos deberán disponer de seguro obligatorio de responsabilidad civil de circulación, una de las medidas defendidas por la Mediación.

Además, el Consorcio de Compensación de Seguros verá ampliado su ámbito de actuación en siniestros en los que se vean involucrados estos vehículos, aunque limitado a daños personales que requieran atención sanitaria o estén relacionados con el fallecimiento de la víctima.

El Consejo General destaca los nuevos conceptos

La reforma también redefine el concepto de “hecho de la circulación”, en línea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. A partir de ahora, se considerará circulación cualquier uso conforme a la función de transporte del vehículo, independientemente de sus características, del terreno donde se utilice o de si se encuentra en movimiento o parado en el momento del accidente.

En materia de indemnizaciones, la nueva normativa establece que las cuantías y límites indemnizatorios de la ley —excepto las relacionadas con lucro cesante y ayuda de tercera persona— se actualizarán anualmente según el IPC, otra petición planteada por el Consejo General durante la fase de alegaciones.

Desde la Mediación se valora positivamente la incorporación de estas medidas, que refuerzan la protección a los usuarios y víctimas de accidentes, al tiempo que clarifican y actualizan el marco legal ante la aparición de nuevas formas de movilidad.

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