Foro Inade analiza la Ley de Responsabilidad Medioambiental



Ley de Responsabilidad Medioambiental

La Tribuna de Foro Inade acogió el 10 de julio una jornada de trabajo para analizar el riesgo de la responsabilidad medioambiental, abordando las nuevas obligaciones que los empresarios deberán tener en cuenta a partir del 31 de octubre. En la apertura, Adolfo Campos presentó Un futuro Asegurado, incitativa del programa Estamos Seguros, de la patronal de las entidades aseguradoras, Unespa.

La mesa redonda, también presentada y moderada por el director de Fundación Inade, Adolfo Campos, se centró en el análisis de la Orden APM/1040/2017 del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, por la que se establece la obligatoriedad de constitución de garantía financiera para actividades clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2 (designados por la Orden Ministerial ARM/1783/2011), así como la fecha a partir de la cual será exigible: antes del 31 de octubre de 2018. Durante el debate se insistió en recalcar las diferencias entre la responsabilidad por contaminación y la propia responsabilidad medioambiental.

Esta garantía financiera puede ser transferida a la industria aseguradora a través de una póliza de seguro de responsabilidad medioambiental o asumirla la propia empresa, mediante un aval concedido por una entidad financiera autorizada para operar en España. Estará destinada específica y exclusivamente a cubrir las responsabilidades medioambientales del operador que se deriven de su actividad económica o profesional.

Los titulares de estas actividades tendrán que presentar también antes del 31 de octubre una “declaración responsable” ante las autoridades competentes, indicando que se ha realizado el correspondiente análisis del riesgo medioambiental de su actividad.

Los expertos recordaron también que pese a que la Ley de Responsabilidad Medioambiental no es una norma sancionadora, contiene un capítulo de sanciones en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas. Además de la exigencia de reparación del daño —aplicable en todo caso— se impondrá una sanción administrativa o incluso una pena conforme al Código Penal si se ha cometido un delito ecológico.

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