Según la Fiscalía, en 2018 los patinetes eléctricos provocaron 273 accidentes con heridos en 44 grandes ciudades españolas. De ellos, 203 han registrado el atropello de peatones, en los que la responsabilidad del siniestro ha sido del conductor del vehículo. También se investigan dos accidentes mortales, ambos en Cataluña.
La aparición de los patinetes eléctricos en las vías públicas, al lado de los conductores de vehículos de motor, ciclistas y peatones, está generando situaciones de incertidumbre por la falta de regulación. Hasta la fecha, los distintos municipios han ido aplicando sus propias normativas para hacer frente al auge de este nuevo medio de transporte urbano, pero todavía no existe a nivel estatal una regulación de la circulación de este tipo de vehículos.
Especialistas de Das Seguros recuerdan que el mal uso de estos vehículos puede comportar consecuencias penales, incluyendo penas de prisión. Por ello recomiendan a los usuarios contratar un seguro. Y es que, advierten “no son un juguete”, por lo que es además necesario tener en cuenta diversos aspectos legales.
Aunque los patinetes eléctricos “no se consideran vehículos a motor y no deben cumplir con las exigencias que marca la ley para estos, la falta de conciencia respecto a la normativa vigente sobre su uso ha puesto sobre la mesa la necesidad de que las empresas que los venden expliquen correctamente las instrucciones de uso y, por otra parte, que los ayuntamientos promuevan la normativa que los regula de manera eficaz”.
Normativa vigente y responsabilidad penal
Hasta la fecha, los distintos municipios han ido aplicando sus propias normativas para hacer frente al auge del patinete eléctrico. Un ejemplo es la Ordenanza de circulación de peatones y vehículos de Barcelona, una medida pionera en todo el mundo que regula, entre otros, la circulación de patinetes eléctricos, segways y ruedas eléctricas. Esta medida entrará en vigor este año y se espera que otros municipios sigan la iniciativa.
Ante la falta de consenso —y de cifras sobre accidentes y denuncias por parte de las policías locales— la Dirección General de Tráfico (DGT) está trabajando para establecer una regulación mínima sobre los patinetes eléctricos, que contemplaría la prohibición de circular por la acera o de utilizar auriculares y un límite de velocidad a 25 kilómetros por hora, entre otras medidas.
“Como se ha visto en el último año, los patinetes eléctricos tienen las mismas características técnicas, como la potencia de motor o la velocidad, que los ciclomotores, por lo que se les puede aplicar el Código Penal”, destacan expertos de Das. Así, en caso de accidente mortal, se podría aplicar entre uno y cuatro años de prisión, mientras que cuando un patinete causa lesiones por una imprudencia grave, la pena podría oscilar entre los 3 meses y los 3 años de cárcel. “Estamos hablando de situaciones en que el conductor del patinete circule de manera indebida por la acera, esté utilizando el móvil o conduzca bajo los efectos del alcohol o drogas”, matizan.
Contratar un seguro
Los expertos de Das aconsejan disponer de un seguro de responsabilidad civil, aunque éste no sea obligatorio, ya que en caso de accidente sería la aseguradora la encargada del resarcimiento a los terceros involucrados, ya sea un vehículo o un peatón.
Por otro lado, es importante tener en cuenta que ciertas pólizas de hogar cubren los daños por accidente con un patinete eléctrico.
Pasos para reclamar
Si has sido víctima de un atropello por algún tipo de vehículos de movilidad personal, estos son los pasos para reclamar los daños:
- Hablar con el causante del accidente y pedirle sus datos personales, dirección y los datos del seguro (en caso de que tenga).
- Recopilar las pruebas o documentos que acrediten el accidente por parte de un patinete eléctrico. Aquí entra desde fotografías del lugar, testigos del atropello, hasta el parte médico.
- Iniciar la reclamación extrajudicial mediante una carta dirigida al causante del accidente. Esta carta debe ser lo más detallada posible para explicar todos los motivos que declaren al conductor del patinete eléctrico como causante del atropello. El plazo es de un año contando desde el alta médica de las lesiones.
- Iniciar la reclamación en vía judicial si la otra parte no responde o su respuesta no es satisfactoria.