Los daños por agua suponen el 40% de los siniestros en viviendas alquiladas



El 20% de los siniestros que tienen lugar en viviendas en España son en inmuebles de alquiler

Optar por vivir en alquiler es una elección cada vez más generalizada en España, ya que lo hace más del 20 por ciento de la población y la tendencia va en aumento. Pero esta opción no libera ni a los propietarios ni a los inquilinos de sus responsabilidades en caso de un siniestro. Las viviendas de alquiler en España están sujetas a la misma siniestralidad que las de propiedad, con un riesgo anual superior al 30%. Además, el riesgo afecta por partida doble a propietarios e inquilinos y ambos deben contar con la protección adecuada, explica Arrenta Quarto Pilar.

Los seguros de hogar son las pólizas más contratadas por los españoles y los que tienen una siniestralidad mayor, por detrás del automóvil. Cada año tiene lugar en las viviendas españolas una media de más de cinco millones de siniestros, con 1.250 millones de euros en reparaciones, de los que más del 20% tienen lugar en viviendas en alquiler. De estos siniestros son responsables tanto los propietarios como los inquilinos, pese a que la mayoría de personas que optan por el arrendamiento se sienten equivocadamente indemnes.

Los daños por agua son los siniestros más frecuentes de las viviendas alquiladas, según la Radiografía de la Siniestralidad de los inmuebles arrendados en España de Arrenta Quarto Pilar. Exactamente, suponen el 36,84% de los casos. Le siguen las roturas de cristales con el 21,05%. En un nivel medio se sitúan los robos, con el 12,28%; daños eléctricos con el 7,89% y actos vandálicos con el 5,26%. Otros siniestros con menor porcentaje son roturas y averías, con el 4,39% o las cerraduras con el 3,51%.

Para el propietario es fundamental, por ello, contratar un seguro que cubra todos los posibles daños relacionados con el agua, como roturas, fugas, desajuste en el cierre de grifos o llaves de paso, inundaciones, etc. Así como el arreglo de los mismos. También aquellos siniestros provocados por fenómenos atmosféricos, si bien estas coberturas pueden variar en función de las distintas compañías de seguros.

Los inquilinos deben protegerse con un seguro especial

Los inquilinos, por su parte, deben estar cubiertos de la responsabilidad de sus actos. Están obligados, además, a abonar cualquier indemnización por siniestros que originen, ya que la aseguradora del propietario tiene todo el derecho a reclamar al causante de los daños que han sido cubiertos por ésta. Así lo explica la directora general de Arrenta Quarto Pilar: “los inquilinos son responsables de cuantos daños originen, por ejemplo, si se dejan un grifo abierto y provocan una inundación o dañan a un viandante por la caída de un objeto desde su vivienda”.

Arrenta Quarto Pilar recomienda a los propietarios de viviendas alquiladas contratar seguros multirriesgo de hogar. Es importante comunicar a la aseguradora o a su mediador que la vivienda está en régimen de alquiler. Arrenta dispone este tipo de seguros con amplias coberturas: incendio, explosión y caída del rayo, daños por agua, de origen eléctrico, robo y atraco, gastos diversos, responsabilidad civil/finanzas, asistencia hogar/emergencia/bricolaje, defensa jurídica familiar, reclamación de daños y restauración estética del continente y contenido. El precio final depende de la cobertura elegida, de la tipología del inmueble y de la ubicación del mismo.

Para los inquilinos, Arrenta Quarto Pilar ofrece una póliza especial, con un precio anual de 95 euros, con importantes coberturas de: contenido de la vivienda de 10.000 euros; responsabilidad civil de 150.000 euros; asistencia de cerrajero; bienes refrigerados hasta 300 euros; continente primer riesgo de 3.000 euros y defensa jurídica de hasta 6.000 euros.

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