La Cátedra Fundación Inade – UDC se centra en la formación práctica: tres días de juicios simulados en la Facultad de Derecho. Ayer finalizó la quinta edición de Veredicto Ejemplar, un curso sobre responsabilidad civil y seguro organizado por la Cátedra Fundación Inade – UDC, con un formato especial.
Durante tres días, la Facultad de Derecho de la Universidad de A Coruña se convirtió en un juzgado, donde se dictó sentencia sobre tres casos gracias a la intervención de magistrados, abogados y representantes de la industria aseguradora.
V Veredicto Ejemplar
Los juicios simulados, basados en casos reales, se podían seguir tanto de manera presencial como en línea, contando en total con casi cien alumnos. Para ofrecer la mejor experiencia a los asistentes, además de preparar la Sala de Vistas de la Facultad para la ocasión y ataviar a los magistrados y abogados con sus respectivas togas, la Cátedra Fundación Inade – UDC instaló un equipo técnico puntero para que sus espectadores no se perdiesen ningún detalle.
«Aquí vienen profesionales del Derecho y jueces reales. Aunque esto no deja de ser en el fondo un juego, pretendemos, dentro de lo posible en tres horas, hacer sentir a la gente que está en un juicio real, para que puedan saborear y vivir esta experiencia», explicó el director de la Cátedra Fundación Inade – UDC, Fernando Peña, en la inauguración del curso.
Primera sesión de Veredicto Ejemplar
En la primera sesión, el magistrado titular del juzgado de 1ª Instancia número 4 de A Coruña, Luis Pérez Merino, condenó a la concesionaria de un parque eólico a pagar 1.450.000 euros a una empresa propietaria de una finca rústica con explotación comercial de la actividad cinegética.
Su sentencia atiende a dos motivos. El primero, los daños patrimoniales causados a la finca, ya que pasó de tener un valor de 500.000 euros, gracias a su posibilidad de emplearse para realizar actividades comerciales relacionadas con la caza, a un valor de 50.000 euros. Al instalar los aerogeneradores la caza ya no podrá ser practicada en esa propiedad. El segundo motivo es la pérdida de beneficios o lucro cesante. calcula que, desde que se instalaron los aerogeneradores, la pérdida de beneficios fue de 1 millón de euros.
El magistrado determinó que la indemnización sería abonada por la entidad aseguradora con la que la concesionaria tenía celebrado su contrato de seguro del ramo de responsabilidad civil de explotación. Recalcó que el riesgo generad por el parque eólico no era un riesgo medioambiental y que, por lo tanto, no existía responsabilidad medioambiental por parte de la concesionaria.
Segundo caso
El segundo día, la magistrada de la Audiencia Provincial de A Coruña, Marta Canales, condenó solidariamente a un joven de 23 años con Trastorno del Espectro Autista y a su madre, en su condición de guardadora de hecho, a indemnizar con 56.000 euros a una mujer que fue atropellada por la bicicleta que conducía el joven. No tendrá cobertura del seguro, pues las bicicletas estaban excluidas de la póliza multirriesgo del hogar de la madre del joven.
El debate en la sala se centró en si la exclusión de las bicicletas, junto con otros vehículos de movilidad personal, podría ser una cláusula limitativa. Tras la intervención del representante del seguro, la Magistrada decidió que se trataba de una cláusula delimitadora del riesgo y que la compañía no tendría que hacerse cargo.
Como remate final del curso, el miércoles 17 el magistrado de la Audiencia Provincial de A Coruña, Pablo González-Carreró Fojón, decidió que los dos administradores mancomunados fuesen condenados a pagar a su sociedad 974.000 euros por administración desleal y que fuese el seguro de consejeros y directivos (D&O) el que abonase la indemnización. Además, los administradores mancomunados fueron también condenados solidariamente por deudas a la sociedad, una indemnización de 280.000 euros que tras la decisión del juez también será abonada por la póliza de D&O.
La Cátedra Fundación Inade – UDC certificará 15 horas de formación continua de los distribuidores de seguros a todos los asistentes que cumplan con los requisitos de aprovechamiento exigidos por el regulador.
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