
Más de una quinta parte de los contratos de arrendamiento de todo el año, se firman en enero. Por ello, en las semanas previas proliferan la difusión de las llamadas garantías del alquiler. OESA facilita todas las pistas para que los propietarios e inmobiliarias aprendan a descubrirlas y diferenciarlas de los verdaderos Seguros de Impago de Alquiler.
Más de una quinta parte de los contratos de arrendamiento de todo el año, se firman en enero. Por ello, en las semanas previas proliferan la difusión de las llamadas garantías del alquiler que se publicitan casi como productos milagro, con todo tipo de bondades para propietarios e inquilinos y, lo más llamativo, con cobertura de impago ilimitada. Sin embargo, son productos diferentes a los Seguros de Impago de Alquiler.
Las Garantías del Alquiler más comunes son dos, según el análisis de OESA
1.- Gestión Integral del Alquiler
Son las más generalizadas y que primero comenzaron a extenderse en nuestro país por las denominadas empresas de gestión integral del alquiler. Fue durante la primera década de 2000, justo cuando las grandes aseguradoras de nuestro país y corredores especializados comenzaron a lanzar al mercado los Seguros de Impago.
En este caso, es la empresa o agencia la que paga al propietario la renta el día asignado de cada mes, aunque el inquilino no haya abonado la mensualidad. Algo muy atractivo para el propietario. La empresa que gestiona muchos inmuebles para tener rentabilidad es quien asume el riesgo de impago, entrando en una estructura piramidal con mucho peligro de colapso. En caso de repunte de impagos, el propietario no tiene asegurado el cobro de las mensualidades impagadas. En caso de quiebra estas empresas desaparecen de la noche a la mañana.
Por ello es muy importante que cuando se contratan los servicios de una empresa de gestión integral del alquiler, se compruebe que la garantía que incluye es realmente un seguro, según se alerta desde OESA.
2.- Falsos Seguros
Las garantías del alquiler independientes nacieron y se empezaron a comercializar con fuerza a mediados de la década pasada. Son los llamados y denunciados por OESA como “Falsos Seguros de Alquiler”. Es decir, garantías que no están soportadas por un seguro acreditado ni con solvencia, pero se comercializan con nombres engañosos que hacen alusión al concepto de “asegurado”. El objetivo es lograr que el consumidor crea que está contratando un Seguro auténtico.
Estos falsos seguros se comercializan con campañas de publicidad potentes. El problema es que tampoco tienen la tutela de la DGSFP.