El seguro también ayuda con la declaración de la renta



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El objetivo del sector asegurador es hacerle la vida más fácil y esa protección se extiende también a la hora de rendir cuentas ante Hacienda. Descubra cómo puede beneficiarse de sus ventajas fiscales, ya sea empleado, autónomo o empresario.

Un texto de Virginia Marcos Zamarreño

El próximo 30 de junio acaba el plazo para rendir cuentas ante la Agencia Tributaria de la renta obtenido en 2016. La campaña de la renta moviliza a los contribuyentes y ya sea trabajador por cuenta propia o ajena, puede suponer más de un quebradero de cabeza. Según los datos del Ministerio de Hacienda, este año está previsto que se presenten 19,75 millones de declaraciones, lo que supone un nuevo aumento en el número de declarantes del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF).

Solo dos semanas después de la campaña de la renta, el Ministerio de Cristóbal Montoro había devuelto más de 1.041 millones de euros, un 17,6 por ciento más que a igual fecha del año anterior, Hasta el 21 de abril la Agencia Tributaria ha devuelto a 1,63 millones de contribuyentes lo retenido de más, un 11 por ciento más que un año antes.

Esta agilización de las devoluciones se explica por la nueva herramienta lanzada por Hacienda, Renta Web, que, según explica el organismo, facilita el trámite para validar el borrador o confeccionar la declaración con los datos fiscales de cada contribuyente.

El plazo para presentar la declaración termina el próximo 30 de junio, tanto para las declaraciones a ingresar como para aquellas que tengan como resultado la devolución. En todo caso, Hacienda recuerda que si se opta por realizar el pago mediante domiciliación bancaria el plazo de presentación acaba un poco antes, el 26 de junio.

Si es de los contribuyentes que aún no ha presentado la declaración, puede que le interese saber cómo puede ayudarle el seguro en este trámite obligatorio con el erario. El sector asegurador tiene como objetivo proteger a la sociedad desde diferentes ámbitos, también puede echarle una mano a la hora de cumplir con Hacienda.

¿Qué ventajas fiscales tienen los seguros para los particulares?

Cada contribuyente es un mundo, es un caso especial y único, por eso, el Área Legal de Aunna Asociación, organización que agrupa a más de 400 corredurías de seguros de toda España, explica que “es muy difícil hablar de ventajas fiscales concretas, ya que las variables son muchas y hay que tener en cuenta cada situación personal, pero con carácter general, los seguros tienen un buen trato fiscal.

En un entorno de mercado como el actual, con los tipos de interés congelados y bajo mínimos, el seguro de vida se mantiene como un buen instrumento para canalizar el ahorro. Los expertos de Aunna explican que “en un entorno donde en el IRPF se han ido reduciendo los incentivos fiscales, es más importante fijarse en el momento en que las percepciones de los instrumentos de ahorro se deben integrar en el impuesto más que en el momento de su contratación”.

En este sentido, las rentas de capital tienen una tributación menor que las rentas generales -como las del trabajo o las de actividades económicas-, solo tributan por los rendimientos obtenidos. “En el caso de los seguros de vida, cuando se perciben en forma de renta temporal o vitalicia, sólo generan rendimientos por una parte de lo cobrado, considerándose amortización del capital. De esta forma, la tributación efectiva, baja y se adelanta el beneficio fiscal”, explica el Área Legal de Aunna Asociación.

Por ejemplo, si se trata de un seguro de renta temporal de 5 a 10 años, la rentabilidad que se tiene en cuenta en la renta es un 16 por ciento inferior. En el caso extremo de una renta vitalicia, cuando el perceptor en el momento de constituir la renta tiene menos de 40 años, la rentabilidad fiscal se reduce en un 40 por ciento, reducción que se incrementa progresivamente según la edad. Este tipo de seguros son especialmente interesantes para quienes tienen previsto jubilarse en un plazo corto de tiempo.

En el caso de los beneficiarios de los seguros de vida para caso de muerte, se aplica el Impuesto sobre sucesiones y los primeros diez mil euros quedan exentos de tributación. Además, es preciso señalar que el Impuesto de sucesiones varía de forma importante entre Comunidades Autónomas, por lo que el tratamiento fiscal que recibe un contribuyente en la Comunidad de Madrid es diferente a las obligaciones fiscales de Galicia o Andalucía.

Seguros vinculados a la hipoteca

Una buena noticia para todos los que están pagando una hipoteca es que las primas de los seguros vinculados a la hipoteca sí dan derecho a desgravación, porque se consideran un gasto necesario para la contratación del préstamo, explican los expertos consultados, pero advierten de que esta deducción puede aplicarse “siempre y cuando la vivienda disfrute de la deducción de vivienda habitual, reservada solo para todas las adquiridas antes de 2013.

En el caso de autónomos y empresarios

Los empresarios y trabajadores autónomos también pueden beneficiarse del seguro a la hora de rendir cuentas a la Agencia Tributaria. Por ejemplo, los seguros de Responsabilidad Civil o los patrimoniales pagados por la empresa para su protección, se consideran gastos deducibles.

Además, los expertos de Aunna Asociación recuerdan que “los seguros y sistemas de previsión cumplen una labor social importante y en el marco de la empresa deben considerarse desde un doble ángulo: el del empresario y el del empleado”.

Así, el autónomo que suscribe un seguro de salud “puede deducir como gasto fiscal hasta un importe máximo de 500 euros por persona (incluidos empleado, cónyuge e hijos) y año. En el caso del empleado, este mismo importe no se integra en la base imponible del trabajo”.

Las aportaciones a sistemas de previsión social -como planes de pensiones o planes de previsión asegurada (PPA)- gozan de la ventaja fiscal de no tributar hasta el momento del cobro de la prestación, hasta un máximo de 8.000 euros de aportación por empleado y año. “Para el empresario estos pagos fiscalmente imputados son deducibles de su impuesto de sociedades o del IRPF en el caso del autónomo”, añaden.

¿Cómo tributan los seguros?

Seguro que muchas veces se ha preguntado qué impuestos gravan los productos aseguradores. Si se fija en el recibo de alguna de sus pólizas, verá que en la prima que paga cada año están incluidos varios tributos. Uno de ellos es el impuesto sobre las primas de seguro, que grava con un tipo del 6 por ciento el importe. La recaudación del Estado a través de este impuesto alcanzó al cierre de marzo los 115 millones de euros, una cifra que supone un 19,8 por ciento más que en el mismo periodo de un año antes. De acuerdo con el informe mensual de recaudación de la Agencia Tributaria, en los tres primeros meses del año las ventas de seguros acumularon 364 millones de euros a favor de las arcas públicas, un 9% más que en el primer trimestre de 2016.

Además, en cada recibo hay otras exacciones a favor de diferentes organismos públicos, como el Consorcio de Compensación de Seguros. Los tipos de gravamen varían en función de la modalidad del seguro, así como el de algunas contribuciones municipales especiales que se repercuten directa o indirectamente en el importe que el asegurado debe pagar.

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