5 claves para presentar la Declaración de la Renta



declaración de la renta

Abierto ya el plazo de presentación de la declaración de la renta, los contribuyentes se plantean dudas que requieren una respuesta ágil y correcta. ¿Saldrá resultado positivo o negativo? ¿Cómo debo tributar por mi vivienda habitual? ¿Ha habido cambios en materia de rendimientos de trabajo o actividades económicas? ¿Tributo con mi pareja de manera conjunta o por separado? ¿Cómo cambia mi declaración si acabamos de ser padres?

Para resolver las cuestiones, la editorial jurídica Lefebvre-El Derecho pone a disposición de todos los contribuyentes el Memento IRPF 2018, obra de consulta esencial para encontrar de manera rápida todas las respuestas sobre el impuesto que afecta de forma directa a las familias españolas, a los empresarios individuales y a los asesores fiscales.

Estas son las cinco claves que, según los expertos de Lefebvre-El Derecho evitarán sorpresas la hora de hacer la Declaración de la Renta:

Plazos. Desde el 4 de abril hasta el 2 de julio todos los contribuyentes podrán presentar el borrador de la renta 2017.

Obligados a declarar. En principio, todos los trabajadores están obligados a presentar la declaración de la renta excepto aquellos contribuyentes que no superen los 22.000€ de ingresos de un solo pagador, 12.000€ al año si son dos pagadores y los trabajadores autónomos con rentas inferiores a 1.000€.

¿Qué datos se necesitan para obtener el borrador? Para conocer los datos fiscales se necesita el “número de referencia”, que se consigue a través del servicio RENØ, empleando la plataforma “Renta Web”. Para ello, hay tres opciones: conseguir el número mediante la casilla 450 de la declaración de la renta del año 2016, mediante el certificado electrónico o en Cl@ve PIN, si se está registrado en el sistema. Como novedad, este año la AEAT ha desarrollado una aplicación para dispositivos móviles que permitirá a los contribuyentes acceder a sus datos fiscales y al resumen del borrador de declaración de manera alternativa a la forma tradicional de acceso a través de Internet.

¿Cuáles son los cambios personales que hay que tener en cuenta? Al presentar la declaración de la renta, hay que tener en cuenta aquellos cambios personales que se hayan producido a lo largo del 2017 como, por ejemplo, el estado civil, un cambio de domicilio, el nacimiento de hijos, etc.

¿Declaración individual o conjunta? Es una de las dudas más comunes entre las parejas. Se puede realizar conjunta cuando se forme una unidad familiar, es decir, estar casados o tener hijos. Normalmente la declaración conjunta es interesante para aquellas parejas en las que uno de los dos no trabaja o si percibe ingresos, estos no superan el importe de 3.400€

El Memento IRPF incluye todas las novedades introducidas por la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo (L 6/2017) en materia de IRPF; en materia de estimación objetiva de los rendimientos de actividades económicas; en las tarifas y deducciones aprobadas por las CCAA; en materia de gestión y de exención, y la resolución del TEAC en unificación de criterio sobre la aplicación de la reducción a los rendimientos derivados del arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda, entre otras.

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