El Colegio de Madrid alerta a los afectados por la DANA sobre el plazo para reclamar los daños: 7 días desde que se tiene el conocimiento del siniestro.
Siete días desde que el asegurado tiene conocimiento del siniestro
La institución madrileña aclara que los siete días de plazo para comunicar el parte del siniestro a la compañía aseguradora o al Consorcio de Seguros, empiezan a contar desde que el asegurado tiene conocimiento del siniestro. No desde el momento en que se produce. Así se establece en la Ley de Contrato de Seguro.
Si el asegurado no comunica el siniestro en el plazo de 7 días, la aseguradora puede rechazar la indemnización. Por ello, es importante que los afectados tomen nota de esta información y actúen con rapidez en caso de sufrir daños por una catástrofe natural.
¿Cómo reclamar al seguro?
Para reclamar, los afectados deben ponerse en contacto con su compañía aseguradora o con el Consorcio de Compensación de Seguros. En la comunicación, deben indicar los datos del siniestro, como la fecha, el lugar y los daños sufridos.
También deben aportar la documentación que acredite los daños, como fotografías, facturas o informes periciales. En caso de que el siniestro esté cubierto por el seguro, la compañía aseguradora deberá indemnizar al asegurado por los daños sufridos.
El Colegio ha elaborado también una guía de 10 consejos para facilitar a los afectados los trámites de sus reclamaciones.
También te puede interesar:
- Asitur detecta un aumento del 232% de los daños por fenómenos atmosféricos en la última DANA
- Santalucía informa sobre la situación de los siniestros derivados de la DANA