Formación aseguradora: claves y desafíos desde el Instituto e-Learning del Seguro

Formación aseguradora: claves y desafíos desde el Instituto e-Learning del Seguro

Expertos del sector, organizado por el Instituto e-Learning del Seguro, debaten sobre la formación obligatoria y su impacto en la industria aseguradora.

En el Foro Profesional de la Formación Aseguradora (FFORMA) celebrado el 29 de mayo, organizado por el Instituto e-Learning del Seguro (IES), Joaquín Sánchez Cervera, responsable del área laboral del despacho Martínez-Echevarría Abogados, compartió su opinión sobre diversas cuestiones relacionadas con la formación obligatoria para empleados en el sector asegurador. El evento fue conducido por Jorge Campos, director del IES, quien entrevistó al abogado sobre temas de interés para las entidades aseguradoras.

Formación Obligatoria y Despido

Joaquín Sánchez Cervera afirmó que la negativa de un empleado a realizar la formación obligatoria por la normativa aseguradora puede ser motivo suficiente para un despido. Sin embargo, señaló que si un empleado no aprueba la formación, no se puede considerar mala fe y no sería causa para un despido.

Jorge Campos mencionó que en el IES tienen un plan de ayuda especial para empleados que no aprueban en varios intentos. Este plan incluye tutorías y la posibilidad de realizar exámenes presenciales, mostrando el compromiso del IES con el éxito de sus estudiantes.

Formación Online: Horarios y Medios

Sánchez Cervera enfatizó que la formación obligatoria debe realizarse en horario laboral y con medios técnicos proporcionados por la empresa. En casos de teletrabajo, los medios utilizados para el trabajo diario son considerados adecuados para la formación online.

El experto aclaró que un empleado no puede empezar a vender seguros hasta completar y aprobar la formación inicial. Esta formación puede durar 200 horas para el nivel 2 y 150 horas para el nivel 3, lo que refleja el rigor necesario para garantizar la competencia profesional.

Participar en reuniones con clientes reales durante el proceso de formación puede ser considerado parte de la formación práctica, siempre que esté acompañado por alguien con la habilitación adecuada. Además, no se deben pagar comisiones a empleados en formación si participan en ventas durante su entrenamiento.

Costes de Formación y Relación Laboral

Sánchez Cervera aclaró que no se pueden cargar costes de formación al empleado al finalizar la relación laboral, a menos que esto esté especificado en el contrato. Esta medida protege los derechos del trabajador y asegura una relación laboral justa.

Las entidades aseguradoras pueden recibir informes detallados sobre la formación de sus empleados por parte de las empresas externas de formación. Es esencial incluir políticas de protección de datos en los contratos con proveedores de formación para cumplir con la normativa vigente.

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