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V.M.Z.-Seguros TV
El asesoramiento técnico de EIOPA especifica los requisitos para diseñar y lanzar todo tipo de productos aseguradores, las circunstancias en las que las comisiones y otros tipos de incentivos podrían ser perjudiciales para los intereses del cliente y evalúa si los productos de inversión basados en seguros son adecuados y apropiados.
EIOPA ha publicado su asesoramiento técnico para la Comisión Europea acerca de los posibles actos delegados de la Directiva de Distribución de Seguros (IDD), un importante hito para la ahondar y armonizar la protección del consumidor del consumidor en toda Europa en lo concerniente a la distribución de productos aseguradores.
Este asesoramiento técnico fue realizado por petición de la propia Comisión Europea y ha sido objeto de una exhaustiva consulta pública, tal y como recuerda el supervisor europeo del seguro en un comunicado.
En el documento, EIOPA considera de mayor importancia que el interés de los consumidores sea tenido en cuenta durante todo el ciclo de vida del seguro, que los pagos a terceros, como las comisiones, no tengan un impacto negativo en la calidad de los servicios que se ofrecen a los consumidores y que los productos que finalmente se les vendan se ajusten a las necesidades y circunstancias del cliente.
En este sentido, EIOPA recomienda una serie de medidas concretas en cuatro áreas:
- Vigilancia y gobernanza de productos: en línea con el principio de proporcionalidad, a la hora de configurar sus productos, las compañías de seguros deberían establecer procesos y medidas para asegurar que todas las fases del ciclo de vida del producto se realizan teniendo en cuenta las necesidades del asegurado. En este nuevo documento, EIOPA ahonda en los requisitos que deben cumplir los intermediarios y distribuidores de seguros que actúen también como productores de seguros, así como el nivel de granularidad esperado por los productores en el momento de definir su mercado objetivo..
- Conflictos de interés: EIOPA define en su documento de asesoramiento técnico las situaciones potenciales en las que pueden surgir conflictos de intereses entre los distribuidores de seguros y sus clientes en el transcurso de la distribución de productos de inversión basados en seguros (IBIPs) que obliguen a los distribuidores a adoptar medidas adecuadas para prevenir, gestionar y, como medida de último recurso, para revelar los posibles conflictos de interés para evitar cualquier daño a los clientes.
- Incentivos: EIOPA especifica los criterios para evaluar si los incentivos tienen un impacto perjudicial en la calidad de los servicios que se ofrecen a los clientes. El propósito de estos criterios es orientar a los participantes en el mercado sobre cuándo podría ocurrir un impacto perjudicial. Los criterios propuestos no equivalen en modo alguno a una prohibición de facto de la recepción o el pago de incentivos. EIOPA también aclara que el impacto perjudicial de estas prácticas debe evaluarse teniendo en cuenta todos los factores que pueden aumentar o disminuir el riesgo de perjuicio para el cliente.
- Idoneidad de los IBIP: Los intermediarios o copañías de seguros deben reunir la información apropiada de sus clientes para la realización de las evaluaciones de adecuación o idoneidad de los IBIP. Sólo cuando no es complejo es posible que un IBIP sea vendido sin que se realicen dichas evaluaciones. La EIOPA especifica los criterios para identificar IBIPs no complejos.
Gabriel Bernardino, presidente de EIOPA, señala que “Este dictamen supone un paso importante en la promoción de un marco para una mejor gobernanza, idoneidad y accesibilidad de los productos de seguros para los consumidores, en todo el mercado interior. Recibimos comentarios valiosos de diferentes partes interesadas durante la consulta pública y lo usamos para asegurar que nuestro consejo es sólido, adecuado para el propósito y proporcionado. Estoy convencido de que proporciona una base sólida para la legislación delegada de la IDD, con el fin de reforzar las prácticas de venta para las compañías de directo y los mediadores, y garantizar que el asesoramiento a los consumidores se basa en lo que mejor se adapte a sus necesidades y perfiles”.