La aseguradora Crédito y Caución acuerda una nueva ampliación de los plazos de comunicación para los clientes afectados por las extensiones del estado de alarma
Crédito y Caución ha acordado, con carácter inmediato, ofrecer a sus asegurados nuevas medidas de flexibilización aplicables a todas las comunicaciones contractuales que alcancen o hayan alcanzado su vencimiento después del 14 de marzo de 2020.
La compañía recuerda que ya concedió a sus asegurados un plazo excepcional de 30 días tras la declaración original del estado de alarma para todo tipo de comunicaciones. Además de flexibilizar los requisitos para la concesión de nuevas prórrogas con las que afrontar la falta de normalidad operativa en las relaciones comerciales.
Crédito y Caución amplía los plazos
Las sucesivas extensiones el estado de alarma han consumido los plazos excepcionales inicialmente autorizados. Por lo que la aseguradora de crédito aprueba nuevas medidas excepcionales que flexibilizan la comunicación de declaraciones de ventas, avisos de falta de pago, prórrogas. Y avisos de insolvencia provisional que deban producirse entre el 14 de marzo y el 15 de junio de 2020. Para apoyar a aquellos asegurados que se encuentren en una situación de difícil acceso a la información y documentación de su negocio por falta de normalidad operativa, explica Crédito y Caución.
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