Robo, hurto, goteras, humedades, incendio, vandalismo o Responsabilidad Civil son algunas de las coberturas más habituales en los seguros de hogar. Algunas pólizas cubren los daños relacionados con los fenómenos atmosféricos como la lluvia, el granizo o la nieve. Las pólizas más completas cubren tanto la estructura de la vivienda (continente) como lo que tenemos en el interior (contenido). Pero ¿qué ocurre en el caso de las erupciones volcánicas?
En España, el riesgo volcánico es muy bajo y se reduce principalmente a las islas Canarias. De hecho, las últimas erupciones fueron la del flanco submarino del sistema volcánico de El Hierro en 2011 y la del Teneguía, en La Palma, hace ya 50 años. Aunque la actividad sea baja, está claro que la erupción de un volcán puede ocurrir en cualquier momento. A pesar de ello, es poco frecuente que tu seguro incluya una cobertura que se haga cargo de los daños causados en este tipo de sucesos.
Víctor López, responsable de aseguradoras de Rastreator, comenta: “si se revisa la póliza para ver si hay una cobertura específica para las catástrofes naturales como es el caso de la erupción de un volcán y no aparece, hay que tener en cuenta que, aun así, la vivienda sí estará protegida. En estas graves situaciones no son las aseguradoras las que asumen el coste de los daños, sino que es el Consorcio de Compensación de Seguros quien se hace cargo de la responsabilidad, aunque dependerá de cada caso particular”.
Coberturas del seguro de riesgos extraordinarios
El Consorcio de Compensación de Seguros se hace responsable de los daños en determinados sucesos, aunque los eventos no afecten a un gran número de asegurados o a una extensión territorial muy amplia. Tampoco es necesario que las instituciones declaren una zona como catastrófica para acceder a la indemnización del Consorcio. La cobertura es automática en los siguientes acontecimientos extraordinarios:
- Fenómenos de la naturaleza: los daños ocasionados por determinados desastres naturales están cubiertos por el Consorcio tal y como ocurriría con la erupción de un volcán. La indemnización es automática en inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caída de cuerpos siderales y aerolitos. En el caso de las erupciones volcánicas, los daños se cubren siempre que el Instituto Geográfico Nacional haya expedido previamente una certificación. El reglamento del seguro de riesgos extraordinarios aclara que se trata de una erupción volcánica cuando se produce un “escape de material sólido, líquido o gaseoso arrojado por un volcán”.
- Otros daños: Los daños ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
- Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.
Cómo solicitar la indemnización si el hogar está afectada por la erupción del volcán
Víctor López: “La indemnización no se puede solicitar sin la certeza de que se han producido daños. El Consorcio recomienda presentar la solicitud a la mayor brevedad posible para facilitar la valoración de los daños y agilizar los trámites. Aunque en este caso, habrá que esperar a la evolución de la erupción para poder evaluar dichos daños. El plazo que establece la Ley de Contrato de Seguro es de siete días desde que se produce el siniestro. Pero el CCS aceptará tu petición, aunque se presente fuera de plazo”.
Se puede comunicar los daños al Consorcio en su servicio de atención telefónica o a través de la página web. Para ello hay que recopilar los datos de la póliza, del tomador y el asegurado, así como del riesgo dañado y la cuenta bancaria donde queremos recibir la indemnización.
“Es muy importante tener en cuenta que si quieres tener una vivienda protegida ante algunos fenómenos naturales, es necesario tener contratada una póliza de hogar para acceder al seguro de riesgos extraordinarios del Consorcio de Compensación de Seguros”, matiza López.
El seguro de hogar en España
En la actualidad existen en España más de 25 millones de viviendas, de las cuales, 19,6 millones de ellas sí cuentan ya con un seguro de hogar. Ya sea por decisión propia para evitar imprevistos y ahorrar en caso de que se produzca un siniestro; o porque era obligatoria su contratación al solicitar la hipoteca. Esta cifra va cada vez más en aumento, situando a este tipo de seguro como el segundo más contratado por detrás de auto, que es obligatorio.
“El precio medio anual de una prima intermedia es de 153 euros. Teniendo en cuenta que cualquier tipo de siniestro supondrá un coste mucho más elevado; recomendamos contar con este tipo de seguro para evitar así cualquier tipo de sobresalto”, puntualiza López.
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