La aprobación de ‘Anteproyecto de Ley del ecosistema de las empresas emergentes’ supone una gran noticia para los empresarios españoles. A falta de que pase por el Parlamento, esta nueva Ley, cuya entrada en vigor está prevista para mediados del próximo año, supondrá un gran impulso para las ‘startups’, que cada vez más se posicionan como el motor de la economía española.
“Con la aprobación de este Anteproyecto de Ley, se dan a conocer una serie de incentivos fiscales de gran interés para las empresas emergentes e innovadoras que se ajusten a la descripción de la propia ley”, afirma Xavier López Villaécija, director del Área Fiscal del despacho Sanahuja Miranda Abogados.
Incentivo para las startups
El primer y más importante incentivo que encontrarán todas las ‘startups’ que encajen con lo descrito por la Ley es una reducción en el tipo del impuesto de sociedades: “En el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en los 3 siguientes (4 años en total), el tipo en el impuesto de sociedades será del 15 %”.
“Además, se permite el aplazamiento de la deuda tributaria correspondiente a los dos primeros períodos impositivos en los que la base imponible del Impuesto sea positiva, con dispensa de garantías, por un período de 12 meses”, añade.
Con la entrada en vigor de la ‘Ley de Startups’, el Gobierno calcula que dejará de ingresar 2.309 millones de euros. Esto está motivado por los nuevos modelos de deducción fiscal introducidos, y en especial por esta reducción del impuesto de sociedades, cuyo impacto está valorado en 2.000 millones de euros.
Unas 5.000 empresas podrían acogerse a estas deducciones
Los cálculos del Gobierno se basan en la estimación de que 5.000 empresas emergentes con una facturación de 2 millones de euros pasarán dos años acogidas a estas deducciones, que terminan de aplicarse al superar los 5 millones en facturación.
“Otro incentivo de importante impacto en la tesorería de la empresa”, continúa el experto, “será la no obligación de efectuar los pagos fraccionados correspondientes al impuesto de sociedades durante los dos primeros periodos impositivos en los que la base imponible del impuesto de sea positiva”.
En último lugar, la Ley modificará el apartado 1 del artículo 68 de la Ley del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), de modo que la “deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación” aumentará hasta los 100.000 euros.
“Hay que recordar que estas novedades fiscales solo se aplican en caso de que el perfil de la empresa se ajuste estrictamente a lo dispuesto en la ley, no siendo de aplicación en cualquier empresa de nueva creación, por lo que un correcto asesoramiento al respecto es clave a la hora de acogerse a los citados incentivos”, advierte López.
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