Arag advierte: Viajar al extranjero con tus hijos sin el consentimiento de tu expareja puede ser constitutivo de delito.
Sea por vacaciones o de manera definitiva, los hijos comunes de una pareja separada o divorciada únicamente pueden viajar al extranjero si tienen el consentimiento expreso de ambos progenitores. Si no es así, se podría incurrir en un delito de sustracción internacional de menores.
“Los derechos y deberes de los progenitores con sus hijos, es decir, la patria potestad, deben ejercerse conjuntamente, de manera que el progenitor que tiene la custodia del menor no puede tomar decisiones sin contar con el otro”, explica Laura Dubà, abogada de Arag.
Cómo actuar en caso de controversia
En caso de controversia, se deberá solicitar autorización judicial. Será el juez quien otorgue a uno de los progenitores la facultad de decidir. En el proceso de escucha, se tendrá en cuenta la declaración de ambas partes y de los menores, si tienen edad suficiente. Deberá tener en cuenta otros factores como el arraigo de los menores (edad, escuela), el vínculo familiar con sus parientes y la situación laboral, familiar y económica de cada progenitor.
“A raíz de los movimientos migratorios, nos encontramos casos en los que uno de los cónyuges es extranjero y decide viajar a su país para visitar a la familia”, expone Dubà. En esos casos, el juez valorará qué es lo más beneficioso para el menor. Lo mismo ocurre si uno de los progenitores marcha al extranjero con sus hijos por cuestiones laborales.
No sólo para viajar o trasladar la residencia a otro país. Decisiones trascendentales para el futuro del menor, como un cambio de colegio, deberán tomarse de común acuerdo. Mientras haya diálogo entre las partes, se puede proponer una mediación. “Sin embargo, cuando ya no hay posibilidad de poder llegar a acuerdos, se debe solicitar la intervención del juez, quien dictaminará cuál de los dos progenitores debe decidir acerca del cambio de centro escolar del menor”, indica Laura Dubà.
Uso de la vivienda familiar
El uso de la vivienda se determina siempre en favor de los hijos menores y del progenitor que tenga su custodia, hasta que cumplan la mayoría de edad. En los supuestos de custodia compartida se puede acordar el uso de la vivienda de forma rotativa (o más conocido como “casa nido”), en función de los períodos en los que cada uno de los padres esté con los hijos. Tal solución suele convertirse en una fuente de conflictos. El juez puede fijar una limitación temporal en el uso de la vivienda a favor de unos de los cónyuges, siempre y cuando sea el más necesitado de protección.
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