Adecose se reúne con el Tesoro para aclarar dudas sobre la normativa de prevención de blanqueo de capitales



Una delegación de ADECOSE se ha reunido con la subdirección general de Inspección y Control de Movimientos de Capitales de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Economía y Competitividad, a la que ha entregado un documento para que ésta aclare algunos aspectos sobre la aplicación para los corredores de seguros de algunos artículos del Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo siguen suscitando algunas dudas.

Este encuentro se enmarca en las reuniones periódicas que la asociación mantiene con la subdirección para abordar la aplicación de esta normativa para los corredores de seguros en su condición de sujetos obligados.

Las cuestiones planteadas por ADECOSE tienen que ver con las alertas establecidas en los procedimientos de control interno para que no se tenga en cuenta el fraccionamiento de las primas como operaciones, sino la prima anual, y con la obligación de disponer de un órgano de control interno con personal especializado con dedicación exclusiva para aquellas corredurías no exceptuadas de esta obligación cuando las características del riesgo no lo hagan necesario.

En la reunión también se intercambiaron impresiones con la subdirección en relación con la obligación por parte de los corredores de identificar a los tomadores de los seguros de vida como plazo máximo el próximo día 30 de abril, y sobre los problemas que se plantean en la identificación de los beneficiarios y en qué se entiende por cliente a efectos de su identificación.

ADECOSE señala en un comunicado que confía en que la subdirección y el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC) “serán sensibles a las demandas del sector, como lo fueron en algunos de los planteamientos de la asociación en la fase de tramitación del Reglamento, lo que ha aportado un gran beneficio para los corredores de seguros en cuanto a la disminución de medidas de control interno”.

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