El Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros ha elaborado la ‘Guía sobre las cuentas de clientes separadas’. con información sobre la obligación de los mediadores de seguros de mantener cuentas de clientes completamente separadas del resto de recursos económicos del mediador.
Conforme exige el artículo 136.4 del RDL 3/2020 de 4 de febrero de distribución de seguros y reaseguros (que traspone al derecho español la Directiva de Distribución de Seguros y deroga la Ley de Mediación del 2006).
El Consejo General responde las principales dudas
La guía recoge algunas de las preguntas que los diferentes Colegios de mediadores han hecho llegar a la institución sobre la obligación que aplica a todos los tipos de mediadores de seguros sin excepción. Incluidos los agentes exclusivos, los mediadores complementarios y los operadores de banca seguros. De establecer cuentas de clientes separadas a partir del próximo 6 de mayo una vez venza el plazo de adaptación del RDL.
Debate sobre las cuentas separadas
El artículo 136.4 de este RDL que regula este punto ha sido objeto de amplio debate y no establece ningún criterio práctico en lo que a gestión de la cuenta de clientes se refiere, por lo que el Consejo General ha decidido elaborar esta guía informativa dirigida a corredores y agentes. El texto, redactado de forma sencilla y práctica, incluye respuestas a las 12 preguntas más relevantes y repetidas. La institución las ha seleccionado de entre todas las enviadas por los diferentes Colegios de Mediadores de Seguros.
La Guía informativa sobre cuentas de clientes separadas, disponible en la zona de descargas del portal de información colegial elConsejoaldia, se une a la recientemente publicada Guía para la contratación de préstamos ICO. En una iniciativa de la institución para facilitar de forma permanente información de consulta de carácter práctico para toda la mediación.
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