Los estatutos del Consejo General solo contemplan el plazo de presentación de candidaturas
V.M.Z.-Seguros Tv
La Comisión Permanente del Consejo General acordó ayer por unanimidad dimitir para abrir de forma inmediata un proceso electoral que culmine con la elección de una nueva Comisión Permanente que dirija la riendas del Consejo General durante los próximos años. ¿Qué plazo tiene la institución para llevar a cabo la renovación de sus cargos?
De acuerdo con lo establecido en el Título V de los Estatutos del Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros, el único plazo que se establece oficialmente es el de la presentación de candidaturas, que debe ser 15 días antes de la fecha elegida para la celebración de las elecciones, según recoge el Artículo 145 de los estatutos, relativo a las candidaturas:
“Los miembros del Pleno del Consejo General, que reúnan los requisitos exigidos, podrán optar a su elección como Presidente, Vicepresidente, Tesorero-Contador o Vocales de la Comisión Permanente. Para ello será precisa su proclamación previa como candidatos, con una antelación mínima de quince días a la fecha de celebración de las elecciones. A tal efecto, las candidaturas podrán ser completas y, en todo caso, deberán ser suscritas por un mínimo de 10 miembros del Pleno del Consejo General, siendo realizada la proclamación por la Comisión Permanente, previa la aceptación de los candidatos y debiendo acompañarse la relación de los mismos a la citación para el Pleno en que hayan de efectuarse las elecciones.
Al formular las candidaturas deberá tenerse presente que si el candidato a Presidente es agente, el Vicepresidente deberá ser corredor y viceversa”.
En este sentido, y según informó ayer el Consejo General, será el Pleno en su reunión del próximo 9 de enero el que ratifique las facultades de la Comisión Permanente en funciones y establezca las normas, calendario y plazos electorales.