Fundación Inade analiza la Ley de Contrato de Seguro en su cuarta sesión de ‘Charlas Legales’

Fundación Inade analiza la Ley de Contrato de Seguro en su cuarta sesión de 'Charlas Legales'

Fundación Inade: ‘los debates sobre la Ley de Contrato de Seguro siguen siendo relevantes y estimulan la búsqueda de nuevas perspectivas’.


La cuarta sesión de Charlas Legales: derecho y seguros de Fundación Inade abordó el cuestionario y la agravación del riesgo en los seguros, destacando las obligaciones del tomador y la compañía aseguradora.

En esta ocasión, la discusión se centró en los aspectos relacionados con los cuestionarios de seguros, así como en la agravación y disminución del riesgo. El ponente principal fue Javier López y García de la Serrana, director de HispaColex Bufete Jurídico y presidente de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro.

El cuestionario: obligaciones del tomador y la aseguradora

López y García de la Serrana comenzó su intervención destacando la importancia del cuestionario en la contratación de un seguro. La aseguradora tiene la obligación de someter al tomador a un cuestionario claro y concreto, y si no cumple con esta obligación, la culpa nunca recaerá sobre el tomador.

El tomador, por su parte, debe responder al cuestionario de manera veraz, incluso si lo cubre un corredor de seguros. Si se demuestra que el tomador ha ocultado información de forma intencionada (dolo), la aseguradora quedará exonerada de sus responsabilidades en ese contrato.

Agravación del riesgo: comunicación y consecuencias

El tomador tiene la obligación de comunicar a la compañía aseguradora la agravación del riesgo. Si no se hace y se produce un siniestro, la aseguradora no tendrá que hacerse cargo si se demuestra dolo o culpa grave por parte del tomador. En caso contrario, se aplicará una regla de equidad, donde la aseguradora se hará cargo de una parte del siniestro de manera proporcional a la prima recibida.

Por otro lado, se aclaró que en los seguros personales no es obligatorio comunicar la agravación del riesgo al asegurador. Además, si se renueva el contrato y la compañía no somete al cliente a un nuevo cuestionario, este tampoco está obligado a comunicarla.

Respecto a la disminución del riesgo, se recordó que aunque el tomador la comunique a la compañía antes del vencimiento del contrato, la disminución de la prima no tendrá lugar hasta la siguiente renovación.

La sesión concluyó con una ronda de preguntas, donde se despejaron las inquietudes de los asistentes, reafirmando así la relevancia continua de este tema que siempre suscita debate y promueve la exploración de nuevos enfoques en el ámbito legal de los seguros.

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