Ley de Contrato de Seguro: compañías y mediadores coindicen en la necesidad de actualizarla

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Fundación Inade ha celebrado la jornada de clausura de los actos conmemorativos del 40 aniversario de la Ley de Contrato de Seguro, coincidiendo con el día en el que dicha ley fue promulgada en 1980. El acto online ha contado con la participación de las organizaciones del sector asegurador español y portugués. UNESPA, SEAIDA, ADECOSE, el Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros y CIMPAS, Centro de Información, Mediación y Arbitraje de Seguros de Portugal.

La jornada fue clausurada por el director general de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), Sergio Álvarez. La sesión comenzó con la intervención del presidente de Fundación Inade, José Ramón Santamaría. “Es difícil entender el estado de bienestar de la sociedad española, la creación de riqueza o el sustento de nuestra economía, sin tener en cuenta el contrato de seguros”, afirmó.

Las cláusulas limitativas de la Ley de contrato de seguro

La primera invitada en hablar fue la presidenta de UNESPA, Pilar González de Frutos, que elogió la Ley de Contrato de Seguro, “construida por excelentes mercantilistas que conocían su oficio”. Pero también señaló los puntos que deben ser reformados: “el lenguaje, las cláusulas limitativas, la necesidad de aportar la dirección física y no el correo electrónico, el pago de la prima, la duración del contrato y los intereses de mora”.

En segundo lugar, intervino Rafael Illescas, presidente de SEAIDA. “La Ley cumple 40 años hoy y la invoco a cumplir otros 40 años más. Es una ley muy flexible, es una ley de principios. Su parte general se ha sabido aplicar a grandes cambios”, afirmó. No obstante, tal y como apuntó la presidenta de UNESPA, necesita cierta actualización. Rafael Illescas señaló el artículo 81, que regula el seguro colectivo de grupo y que, en su opinión, lo hace de manera insuficiente.

También habló sobre la digitalización del contrato, o lo que él prefiere llamar “electronificación”, recordando a los presentes que supone el 4% de la contratación anual. “Debemos darle un empuje a la digitalización ya que es beneficioso para las dos partes. Debe mejorarse e incorporarse a la LCS”.

Los corredores de seguros en la Ley de Contrato de Seguro

Inició el bloque de los representantes de los distribuidores de seguros el presidente de ADECOSE, Martín Navaz, qunie ensalzó el reconocimiento que la Ley de Contrato de Seguro hace del corredor de seguros, “incorporándolo como interlocutor profesional para defender los intereses del cliente ante el asegurador”. Martín Navaz también felicitó a la Fundación por la iniciativa “a la hora de plantear a los partidos políticos actualizaciones muy interesantes de la ley”.

A continuación, intervino Reinerio Sarasua, nuevo o presidente del Consejo General. “El reconocimiento que hace la Ley de Contrato de Seguro de la figura del mediador nos hace sentirnos muy cómodos en ella, pero es cierto que, como todo lo que va cumpliendo años, necesita un refresco”, afirmó el presidente del Consejo.

Por otra parte, hizo una propuesta muy interesante relacionada con las nuevas tecnologías: “Sería interesante aportar alguna herramienta que garantice al cliente que el contrato de seguro que se descarga de la página web de la compañía aseguradora es el que él mismo firmó en un principio y que, si se han introducido cambios, el tomador pueda ver la cronología con la que se han hecho los mismos”.

La experiencia portuguesa

Antes de finalizar la jornada, fue el turno de Rute Santos, directora general de CIMPAS. Centro de Informação, Mediação, Provedoria e Arbitragem de Seguros de Portugal. Una de las peticiones de Fundación Inade a los órganos reguladores es el establecimiento de un mecanismo de resolución de conflictos que libere la carga de los organismos jurisdiccionales en materia de contrato de seguro. El CIMPAS es un ejemplo de éxito en este sentido. Cada año recibe unas 3.000 reclamaciones, resolviéndose la mayoría antes de llegar a los tribunales.

Las principales ventajas de este órgano de resolución de conflictos frente a los órganos jurisdiccionales son, entre otros: su rapidez, su informalidad, los costes reducidos, la proximidad, la confidencialidad y la accesibilidad. Además, ofrece dos opciones a la hora de resolver el conflicto: la mediación, un mediador ayuda a las partes a llegar a un acuerdo; o el arbitraje, un “árbitro” externo al conflicto toma una decisión para resolverlo. El CIMPAS atiende tanto controversias derivadas del contrato de seguros como se la mediación de seguros.

Una reforma de la Ley de contrato de seguro

Clausuró la jornada el director general de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, Sergio Álvarez, quien recordó que cuando la Ley de Contrato de Seguros cumplió 25 años la DGSFP se planteó si era necesario elaborar una nueva ley. Tras un exhaustivo análisis se llegó a la conclusión de que no solo no era necesario cambiarla, sino que tampoco era necesaria una profunda reforma. “Con cambiar algunos preceptos sería suficiente”.

El documento elaborado por la DGSFP fue entregado al Ministerio de Justicia, único responsable de la actualización de las leyes del derecho privado, y éste decidió respetar la voluntad de los creadores, manteniendo ese espíritu de reforma en solo algunos aspectos. Sergio Álvarez Camiña explicó la longevidad de la Ley de Contrato de Seguro atendiendo a dos motivos: por un lado, la calidad técnica y su valor jurídico, derivado de la excelencia de los profesionales que trabajaron en ella; y por otro, porque se trata de una ley de principios y orientaciones generales, que busca ante todo mantener el equilibrio entre las partes.

La Ley de Contrato de Seguro no solo fue modernizadora. Fue vanguardia de la Ley de Derechos del Consumidor y de la Ley de Derechos Contractuales”, concluyó el director general de la DGSFP.

40 aniversario de la LCS en Fundación Inade

Además de celebrar un total de 5 jornadas con motivo del 40 aniversario de la Ley de Contrato de Seguro, Fundación Inade ha editado un manifiesto con el que pretende ensalzar ante la opinión pública aquellos valores atribuidos a esta norma, pero también las modificaciones que deberían considerarse para adaptarla a la realidad actual.

La mayoría de los ponentes abordaron un tema de gran controversia en el sector asegurador: la armonización del contrato de seguro en una directiva europea. En líneas generales podría afirmarse que tanto UNESPA, como SEAIDA y la DGSFP no consideran oportuna su elaboración. Se apoyan en dos principios: el de proporcionalidad, que cuestiona si el esfuerzo requerido estará compensado con el fin perseguido; y el de subsidiariedad, que dice que siempre que una materia esté mejor regulada por cada Estado miembro, el regulador europeo debe dar un paso atrás y dejar hacer. Sin embargo, los representantes de los mediadores de seguros, ADECOSE y el Consejo General, sí que ven oportuno armonizar, aunque sea mínimamente, el contrato de seguros a nivel europeo. Esto facilitaría su trabajo diario y su expansión internacional.

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