El paradigma fiscal español podría volver a cambiar muy pronto. Y es que, tras el acuerdo alcanzado por unanimidad el pasado mes de diciembre por los ministros de Economía de la Unión Europea, el Impuesto de Valor Añadido (IVA) sufrirá, casi con total seguridad, la mayor reforma de su historia.
“Con este cambio, el mínimo legal estandarizado permanecerá en el 15%, pero la Unión Europea plantea aumentar hasta 24 el número de bienes y servicios susceptibles de beneficiarse de tipos reducidos”, revela Xavier López Villaécija, director del Área Fiscal del despacho Sanahuja Miranda Abogados.
El nuevo IVA
El cambio principal será la ampliación de la lista de bienes y servicios susceptibles de beneficiarse de tipos reducidos de IVA, así como la dotación de mayor libertad a los Gobiernos de poder de elección propio sin necesidad de negociar con Bruselas cada cambio y/o excepción.
“Pese a contar con la aprobación europea”, recuerda el experto, “habrá que esperar todavía unos meses para que sean efectivas estas modificaciones. Una vez el Parlamento Europeo, que tiene tres meses de plazo para pronunciarse, avale la propuesta, cada gobierno comunitario pasará a tener mayor libertad de decisión sobre el IVA de su respectivo país”.
¿Qué bienes y servicios serán susceptibles de esta reducción?
A falta de que España se pronuncie sobre la aplicación de esta modificación en materia impositiva, desde Europa proponen una amplia lista de bienes que, a partir de ahora, podrán acogerse a estos tipos de IVA reducido. Mientras que, por su parte, se plantea retirarles dicha posibilidad a otros productos perjudiciales para el medioambiente -como los combustibles fósiles- de cara al año 2030.
En lo que respecta a nuevos productos que podrán beneficiarse de estos cambios, detalla López Villaécija, destacan servicios digitales (plataformas de streaming, acceso a Internet), productos que protejan la salud pública y que sean considerados de “ayuda esencial” (tampones, compresas, mascarillas), así como ese grupo de productos que provoquen un impacto positivo en la lucha contra el cambio climático (paneles solares o bicicletas).
Nuevos modelos de IVA
“En definitiva, la reforma aprobada por los ministros europeos permitirá la creación de un modelo de IVA de tipo superreducido y hasta dos de tipo reducidos, que deberán situarse entre el 5% y el establecido como normal en cada país, que en el caso de España es del 21%. También, y no menos importante, la UE contempla por primera vez la aplicación de un IVA de tipo nulo”, continúa el director del Área Fiscal del despacho Sanahuja Miranda Abogados.
La directiva Europa, sin embargo, mantiene que los productos y servicios a los que se le apliquen estos nuevos tipos de IVA reducido deberán ser la excepción. Es por esto por lo que proponen que cada país confeccione una lista de hasta 24 productos para los tipos reducidos y una de 7 para los superreducidos o nulos.
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