El próximo 5 de febrero se celebra el Día Internacional de la Internet Segura, en favor de la promoción de un uso seguro y positivo de las tecnologías digitales entre los más jóvenes, pues son los menores el segmento de población más expuesto a riesgos como el cyberbullying, el sexting, el acceso a contenidos inapropiados, la exposición excesiva o la pérdida de privacidad.
Usar contraseñas largas combinando letras y símbolos, no utilizar wifi abiertas para comprar en línea o actualizar el software de nuestros dispositivos. Son consejos que con el avance de la tecnología y la extensión de Internet hemos asimilado en nuestro sentido común diario. No obstante, la actuación de cualquier usuario en la red va más allá de estas consideraciones técnicas y tiene implicaciones legales, especialmente cuando hay menores involucrados.
La Comisión Europea y la Red Europea por una Internet Segura celebran cada 5 de febrero el Día Internacional de la Internet Segura, una jornada que busca la promoción entre niños y jóvenes de un buen uso de Internet y de las Tecnologías Digitales. El lema de este año, “Una internet mejor comienza contigo: conviviendo con respeto para una Internet segura«, entronca con la creciente preocupación porque los más jóvenes puedan ser víctimas de casos de cyberbullying, sexting, accedan a contenidos inapropiados o se expongan de manera excesiva en las redes sociales.
La educación en el uso positivo de las tecnologías entre los más pequeños es de vital importancia para evitar el uso ilegítimo de sus datos. Es fundamental tomar conciencia de la información que circula sobre nuestros hijos en la red y el uso que se hace de ella. Y sobre todo, tomar medidas y evitar ciertas prácticas que expongan datos que les hagan vulnerables o faciliten a los hackers un atentado contra su intimidad.
Los expertos de DAS Seguros recuerdan que la nueva Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, cuenta con artículos específicos que refuerzan la protección del menor en la red, a través de los artículos 7, 84 y 92, sobre consentimiento, protección del menor y de sus datos en Internet, respectivamente. A continuación, repasamos las implicaciones que tiene vulnerar los derechos del menor en Internet:
- Con respecto al tratamiento de los datos personales, cabe destacar que podrán fundarse en su consentimiento cuando este sea mayor de catorce años. En contraposición, si no alcanza la edad referida, tan solo será lícito si consta el del titular de la patria potestad o tutela, con los límites que determinen los últimos.
- Los titulares de la patria potestad o tutela velarán porque el uso de la tecnología por parte de los menores sea proporcionado, con el objetivo de un correcto desarrollo de su personalidad y la preservación de su dignidad y derechos fundamentales.
- El uso y la posterior difusión de contenido gráfico o datos de carácter personal de los menores a través de las redes sociales que se entrometan de manera ilegítima en sus derechos fundamentales podría significar la intervención del Ministerio Fiscal, encargado de hacer valer las medidas cautelares y de protección previstas en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
- Los centros educativos, por su parte, deberán garantizar el interés del menor y sus derechos fundamentales en lo que respecta a sus datos personales y en su publicación a través de canales de comunicación propios de Internet, siempre teniendo en cuenta que la difusión a través de medios ajenos cuente con la aprobación del menor o de sus representantes legales.
El Instituto Nacional de Ciberseguridad de España recomienda a los progenitores tomar las siguientes medidas para evitar intromisiones en los datos del menor: configurar las opciones de privacidad y seguridad de las aplicaciones, estar al corriente de la lista de contactos y amistades, asegurar la actualización los dispositivos para una mayor seguridad y cuidar en qué aplicaciones están presentes.