Desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictase la sentencia sobre el Derecho al Olvido en 2014, España ha registrado un total 76.893 peticiones sobre 249.359 páginas de Internet. Estos datos sitúan a España en la quinta posición del ranking de países europeos que más reclamaciones han emitido a grandes buscadores como Google desde su entrada en vigor.
Los expertos legales de DAS Seguros recomiendan que la persona afectada presente una solicitud ante la empresa. Si es necesario, también puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Cómo ejercer el Derecho al Olvido?
Para ejercer el Derecho al Olvido, los expertos legales de DAS Seguros recomiendan que la persona afectada presente una solicitud al buscador a través del Formulario para solicitar la retirada de información personal que Google ofrece en Internet. En el caso de no obtener respuesta o de que esta no sea adecuada, se podrá reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.
En el formulario deberá constar el nombre completo del afectado o el de su representante y un correo electrónico de contacto. Es necesario explicar detalladamente por qué esos enlaces deberían desaparecer. Finalmente será necesario verificar la identidad aportando una copia digital del DNI.
Un lustro de la sentencia del TJUE
El Derecho al Olvido recoge la posibilidad que un individuo no aparezca en los buscadores. Especialmente cuando se trata de informaciones que no cumplan con los requisitos de adecuación y pertinencia, obsoletas, irrelevante o carentes de interés público.
Como establece la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), cualquier ciudadano de la Unión Europea puede solicitar que aquellos enlaces que dirigen a datos personales desaparezcan de la red. Las fuentes pueden mantenerse cuando la búsqueda se realice mediante otra palabra.
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