El sector de alimentación y bebidas realiza una actividad que incide directamente en la salud pública y que necesita de una protección específica. En España se producen al año unos 200 brotes de enfermedades de procedencia alimentaria
El Consejo General de Mediadores de Seguros considera que para las empresas de alimentación tener un seguro de Responsabilidad Civil (RC) no solo es recomendable, sino que debería ser obligatorio. La alarma sanitaria suscitada por la carne contaminada con listeria el pasado verano que ha causado tres muertos, siete abortos y más de 200 afectados, ha puesto el foco de atención en los seguros para las empresas alimentarias.
De esta manera, el Consejo General reclama una modificación de la Ley de Seguridad Alimentaria que obligue a las compañías del sector a contar con un seguro de RC de cuantía proporcional a su volumen de negocio y riesgo.
El Consejo General reclama medidas de protección
Hasta la fecha no se han dado las condiciones que permitan establecer dicha obligatoriedad. “Muchas compañías relacionadas con la producción alimentaria ya tienen clara la necesidad de tener esa cobertura, en mayor o menor medida. Sin embargo, todavía sigue siendo un número importante las empresas sin esa voluntad, convicción o mentalidad, y de ahí la necesidad de que sea obligatorio”, explican desde el Consejo General.
La industria de alimentación y bebidas tiene un gran peso en España, representa el 2,5% del PIB según datos del INE. Más de 31.000 empresas se dedican a este sector, uno de los que más sensibilidad despierta por su relación con el consumo humano. Una actividad que incide directamente en la salud pública y que los mediadores colegiados consideran que necesita de una protección específica. Cada año se registran en España cerca de 200 brotes de enfermedades de procedencia alimentaria generadas por empresas del sector, según la Asociación de Microbiología y Salud.
Análisis de riesgos
Desde el Consejo General de Mediadores de Seguros afirman que “las responsabilidades deben de estar suficientemente cubiertas frente a posibles riesgos. Para una empresa alimentaria, no tener una cobertura suficiente o adecuada al tipo de actividad que realiza puede suponerle, en caso de crisis, el cierre del negocio. Lo complicado es la interpretación que hace cada compañía respecto a la Responsabilidad Civil de producto alimentario. Es imprescindible realizar una foto exacta del riesgo y que la empresa lo recoja como tal”.
El papel del mediador de seguros en este sentido es clave: “Somos los únicos profesionales directamente en contacto con el cliente. Como expertos en riesgos tenemos un nivel de preparación que nos permite detectar con más facilidad el tipo de cobertura necesario entre la aseguradora y la empresa de productos alimentarios. Los que podemos saber qué tipo de coberturas son imprescindibles o que completan su póliza en función del riesgo”, puntualizan desde el Consejo General.
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