El Instituto Santalucía denuncia la brecha salarial y de pensiones de las personas con discapacidad

Las personas con discapacidad cobran un 16,1% menos con el mismo trabajo y horario, y esto afecta a sus pensiones.

Las personas con discapacidad cobran un 16,1% menos con el mismo trabajo y horario, y esto afecta a sus pensiones

El Instiituto Santalucía ha publicado la actualización de su Guía Temática para Trabajadores con Discapacidad. Este documento, con un formato dinámico de preguntas y respuestas, arroja luz sobre las principales dudas que se haría cualquier trabajador con discapacidad en nuestro país en un tema clave en estos momentos: el sistema público de pensiones y la jubilación en España.

La guía pivota desde conceptos básicos, a otros aspectos relativos al tratamiento diferencial de las cotizaciones y derechos de pensión, contingencias de supervivencia en la pensión, la pensión de jubilación y las prestaciones económicas en función del grado de discapacidad, entre otros.

La situación laboral de las personas con discapacidad

Las personas con discapacidad registran más paro que el resto de los ciudadanos, y cobran menos por el mismo puesto de trabajo y horario, algo que afectará negativamente a su pensión.

En España, según datos de la Guía Temática para Trabajadores con Discapacidad, en 2021 había más de 1,9 millones de personas con discapacidad en edad de trabajar, un 6,3% de la población en edad laboral (16 a 64 años). No obstante, los ciudadanos con discapacidad, en 2021, tuvieron menos tasa de actividad (34,6%) y de empleo (26,9%) que sus homólogos sin discapacidad (77,7% y 66,3% respectivamente). A esto, hay que sumar que la tasa de paro entre las personas con discapacidad (22,5%) es significativamente mayor que en el resto de la población (14,7%). Dicho de otro modo, las personas con discapacidad en España tienen un mayor riesgo de desempleo, observándose un menor número de mujeres empleadas (44%) que de hombres (56%).

Planificación financiera en las personas con discapacidad

Con el objetivo de favorecer la integración laboral de las personas con discapacidad, la Guía destaca un sistema de bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que realizan las empresas en nombre del trabajador. Estas bonificaciones son de mayor cuantía cuando la empresa contrata a personas con discapacidad severa. Además, dichas bonificaciones y reducciones en la contratación no afectan a los derechos de pensión futuros de las personas con discapacidad.

No obstante, a pesar de estos alicientes para las empresas a la hora de contratar a personas con discapacidad, la Guía del Instituto Santalucía deja clara una situación de discriminación que sufre este colectivo en nuestro país. En 2020 (último dato disponible), los trabajadores con discapacidad obtuvieron una ganancia bruta anual alrededor de un 16,1% inferior al resto de ciudadanos, incluso con el mismo trabajo y jornada laboral. Una diferencia que, en caso de discapacidad mental o intelectual, puede llegar a ser del 50% de lo que recibe cualquier otro trabajador. Todo ello, como recalca la Guía, acabará afectando negativamente a la pensión de estos trabajadores.

Convenio especial de cotización

Los trabajadores con discapacidad pueden suscribirse a un convenio especial, para seguir cotizando a pesar de detener su actividad laboral.

La Guía constata que si un trabajador dejase de trabajar con motivo de su discapacidad (sin percibir ninguna prestación pública por incapacidad permanente o pasase a ser pensionista por jubilación), puede suscribirse a un convenio especial para continuar cotizando a la Seguridad Social. Los requisitos, no obstante, pasan por ser mayor de 18 años y menor de 67 años; que la persona esté afectada por un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% en caso de padecer parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual, o al 65% para las personas con discapacidad física o sensorial que no figuren en alta en ningún régimen del Sistema de Seguridad Social ni en ningún otro régimen público de protección social; que no esté inscrito en los servicios públicos de empleo como demandante de empleo y que no haya trabajado durante seis meses previos a la solicitud del convenio especial.

Planes de pensiones especiales

Del mismo modo, las personas con discapacidad se pueden suscribir a planes de pensiones especiales, que además de contar con mayores ventajas fiscales cuentan con un límite financiero para las aportaciones anuales superior (24.250 euros).

Con esta Guía, como explica José Manuel Jiménez Rodríguez, director del INSTITUTO SANTALUCÍA, “Queremos arrojar luz sobre la realidad laboral que viven las personas con discapacidad en nuestro país, y las consecuencias que esto tiene sobre sus pensiones futuras. Además, queremos aportar información y consejos para que conozcan el funcionamiento del sistema de pensiones en España, y cómo su condición impacta sobre sus cotizaciones”.

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