El Igualatorio Médico Quirúrgico (IMQ) se ha adherido a la ‘Guía de buenas prácticas para el tratamiento de los datos personales por las entidades aseguradoras’ de Unespa. Así como a la ‘Guía para el tratamiento de datos de tomadores del seguro en pólizas intervenidas por corredores de seguros’ de la misma asociación empresarial.
Con esta iniciativa, IMQ reafirma su compromiso con las mejores prácticas corporativas en materia de protección de datos, asumiendo garantías que van más allá de lo que marca la actual legislación. Todo ello, en beneficio del cliente y de una mayor excelencia empresarial.
IMQ y su compromiso con la protección de datos
La aplicación de la Guía es de adhesión voluntaria y en ella se abordan cuestiones relativas al análisis jurídico que legitima el tratamiento de datos personales tanto en la fase previa a la contratación de un seguro como durante el normal desenvolvimiento del contrato. Contempla, además, el refuerzo de la transparencia a través de la información previa que requiera el tomador del seguro, así como el ejercicio del derecho de portabilidad de los datos a otra compañía aseguradora.
Las obligaciones que se derivan de la Guía y, en especial, el procedimiento para ejercitar el derecho de portabilidad de los datos, requieren de adaptaciones organizativas por parte de las entidades aseguradoras que éstas se obligan a adoptar en el plazo de tres meses para hacer efectivo el compromiso adquirido.
Tratamiento de datos de carácter personal
El tratamiento de datos sólo es lícito si se cuenta con una base legal adecuada. El Reglamento General de Protección de datos en vigor solo ofrece seis alternativas: que se cuente con el consentimiento de los interesados; que el tratamiento sea necesario para ejecutar un contrato, para cumplir con una obligación legal; para proteger los intereses vitales de una persona; para cumplir con una misión de interés público; o que el responsable del tratamiento tenga un interés legítimo para ello. En el sector asegurador, las dos bases jurídicas más comunes son la ejecución del contrato de seguro. Y el cumplimiento de obligaciones legales de la entidad aseguradora, explican.
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