La formación obligatoria afecta a todo el que participa en la gestión y ejecución del contrato de seguro y en la gestión de siniestros

La formación obligatoria afecta a todo el que participa en la gestión y ejecución del contrato de seguro y en la gestión de siniestros.

EIOPA ha publicado las respuestas de la Comisión Europea a dos consultas sobre la interpretación de la Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de enero de 2016 sobre la distribución de seguros de Distribución de Seguros. Una de esas consultas hace referencia a cuándo se entiende que una persona participa directamente en la actividad de distribución a los efectos de exigir la formación continua a los empleados del distribuidor, especialmente si debía exigirse esa formación a aquellos que realicen labores administrativas o de apoyo.

La respuesta de la Comisión Europa a la consulta de EIOPA ha sido que debe entenderse que una persona está participando de forma directa en la distribución de seguros cuando trabaja personalmente en alguna de las actividades que se enmarcan en el concepto de distribución de seguros o reaseguros dado por el artículo 2.1 de la IDD (art. 129.1 del RDL 3/2020) o cuando se supervisa a alguien que trabaja en este tipo de actividad.

Actividades sujetas a formación continua

  • Presta asesoramiento en la celebración del contrato de seguro.
  • Propone la celebración del contrato de seguro.
  • Realiza otros trabajos preparatorios o previos para que se pueda celebrar el contrato de seguro.
  • Celebra personalmente el contrato de seguro.
  • Asiste en la gestión y ejecución del contrato de seguro, en particular en caso de siniestro, incluida la aportación de información relativa a uno o varios contratos de seguro; de acuerdo con los criterios elegidos por los clientes a través de un sitio web o de otros medios. Y la elaboración de una clasificación de productos de seguro, incluidos precios y comparaciones de productos, o un descuento sobre el precio de un contrato de seguro; cuando el cliente pueda celebrar un contrato de seguro directa o indirectamente utilizando un sitio web u otros medios.

La recomendación de Campus Asegurador

La Escuela de Seguros Campus Asegurador recomienda a todos los distribuidores de seguros a raíz de la respuesta de la Comisión Europa a EIOPA que revisen las funciones y actividades que desempeñan sus empleados y colaboradores para identificar a todos aquellos que pueden estar afectados por la formación obligatoria de distribución de seguros según los tipos de actividad recogidas en el concepto de distribución de seguros de la IDD.

Además, Campus Asegurador recomienda que todos los profesionales que participan en la gestión y ejecución de un contrato; y especialmente los gestores de siniestros, cuenten con la formación de acceso y cumplan con la formación continua anual obligatoria recogida en la normativa.

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