Los contratos más habituales en Navidad son eventuales



El tipo de contrato más utilizado no excede los seis meses

Se acerca la Navidad y, por tanto, incrementan las oportunidades de empleo en sectores tan diversos como el turismo, hostelería, retail, logística o transporte. Empezando antes de las fiestas, en el mes de noviembre, y hasta que terminan las rebajas del nuevo año, en enero, son muchas las empresas que requieren refuerzos notables en su plantilla. En este sentido, desde DAS Seguros  analizan cuáles son los contratos más utilizados en estas fechas y sus características.

El que más se utiliza a la hora de emplear personal durante la temporada navideña es el contrato eventual por circunstancias de la producción. La duración de éste, que debe ser determinada de forma previa al inicio del mismo, no debe exceder los seis meses. Además, si supera las cuatro semanas debe estar formalizado por escrito.

Como en cualquier contrato, los trabajadores tienen derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido. Este, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o la mañana del lunes y el día completo el domingo. En los contratos firmados por la campaña de Navidad este periodo de descanso semanal no se suele disfrutar durante los fines de semana, sino que se traslada a otros días.

Las vacaciones y horas extras se pagan al igual que en el caso de los contratos indefinidos. Además, si el empleado trabaja durante un día festivo, lo cual debe hacer de forma voluntaria, deberá ser compensado mediante el salario que le corresponda o con un descanso adicional, según convenio.

En cuanto a cómo se pueden modificar las condiciones del contrato una vez firmado, sólo se puede cambiar el horario laboral si la empresa tiene una causa organizativa, técnica, económica o productiva para justificarlo, a no ser que se haya acordado algo distinto anteriormente.

En principio, al finalizar un contrato eventual, el empleado recibirá como indemnización el sueldo de 12 días por año. Pero también puede transformarse en contrato indefinido en cualquier momento de su duración. Si se sobrepasa la duración máxima pactada entre empresa y empleado, se entiende que el contrato se convertirá automáticamente en indefinido.

Cabe destacar que, en caso de que la necesidad de aumentar la plantilla sea recurrente, la modalidad del contrato debe adherirse a una situación de relación laboral fija discontinua. No es improbable que se dé el caso, ya que la campaña Navideña tiene lugar año tras año y se trata por tanto de un evento previsible.

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