Santalucía y Mapfre valorarán las condiciones de Competencia a su fusión funeraria

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Tras autorizar la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), con condiciones, la operación de concentración de los negocios de servicios funerarios de Santalucía y Mapfre, ambas partes analizarán las repercusiones y efectos que tienen sobre el proyecto presentado las condiciones que el organismo competencial ha señalado en su autorización.

Las entidades realizarán este análisis teniendo presente el interés existente en mejorar los servicios funerarios que vienen prestando en el mercado, señalan en un comunicado.

El futuro de la fusión de los servicios funerarios de Mapfre y Santalucía

El resultado de la operación, en caso de llevarse a cabo con las condiciones establecidas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), sería un grupo líder en el mercado funerario español que contribuiría a seguir creando valor para sus clientes, el sector y el mercado en general. Con capilaridad directa e indirecta en el 100% del territorio y uno de los principales actores del mercado europeo que prestaría más de 70.000 servicios funerarios.

En febrero de 2020, la CNMC acordó analizar la operación en profundidad o “segunda fase” por sus posibles efectos adversos para la competencia. Por primera vez, en el marco de una operación de concentración, la CNMC inspeccionó las sedes domiciliarias de las empresas (septiembre de 2020). Ésta fue, además, la primera inspección realizada tras el inicio de la pandemia de COVID-19, recuerda Competencia.

En abril y mayo de 2021, la Dirección de Competencia acordó acumular a este expediente los expedientes C/1162/21 Albia/Jordial y C/1178/21 Elysius/Juanals, ambos en segunda fase y en el marco de los que se solicitaron informes al Servicio de Defensa de la Competencia de Castilla y León y a la Autoridad Catalana de la Competencia.

“Importantes riesgos para la competencia”

El pasado mes de junio, la CNMC recogió en el pliego de concreción de hechos del expediente los posibles obstáculos para la competencia en el mercado mayorista de servicios funerarios. Por una parte, la operación da lugar al solapamiento de las partes en los municipios de Valdepeñas y Bilbao y a la sustitución de Funespaña en muchos municipios. Así, la entidad resultante se convertirá en monopolista en los mercados mayoristas de tanatorio en 157 municipios; de crematorio en 35, y de cementerio en 14. Además, tendrá con cuotas elevadas en los mercados mayoristas de tanatorio en 217 municipios, de crematorio en 51 y de cementerio en 14.

Con ello, tendrá incentivo y capacidad para dificultar el acceso, endurecer las condiciones comerciales y/o deteriorar la calidad de los servicios prestados por la falta de competencia en estos municipios.

Santalucía reforzaría su posición de mercado

Por otra parte, la CNMC señala que se refuerza la posición de Santalucía como empresa aseguradora de decesos, al poder prestar los servicios intragrupo, con el riesgo de expulsión de competidores; ya que la nueva entidad tendrá una mayor presencia en distintas zonas.

Además, el compromiso de Mapfre de contratar los servicios de la empresa resultante y su participación del 25% en el capital social de la nueva entidad también refuerza la prestación intragrupo, especialmente donde exista menos competencia.

Por otra parte, se detecta el riesgo de que empeoren las condiciones comerciales (precios) o se expulse a otras aseguradoras, especialmente donde la entidad resultante quede en una situación de monopolio.

Posible coordinación en el seguro de decesos entre Mapfre y Santalucía

Finalmente, se detectaron posibles efectos coordinados entre Santa Lucía y Mapfre en las distintas ramas de los mercados de seguros como consecuencia, fundamentalmente, de la mencionada participación de Mapfre del 25% en la entidad resultante.

En ausencia de compromisos, la CNMC determinó que la operación suponía un riesgo elevado para la competencia. El 6 de julio de 2021, Santa Lucía presentó una propuesta de compromisos y, tras un exhaustivo análisis, la CNMC concluyó que eran claramente insuficientes. Especialmente, por la participación del 25% de Mapfre en la entidad resultante.

Compromisos aprobados por Competencia

La operación se ha aprobado sujeta al cumplimiento de tres compromisos propuestos por Santalucía. Dos de ellos se refieren a la libertad que tienen los allegados del fallecido para elegir funeraria cuando contactan con la aseguradora por primera vez, evitando que sean automáticamente dirigidos a la funeraria perteneciente al grupo asegurador.

La CNMC debe aprobar el guion de respuesta a la primera llamada que realice el allegado (primer compromiso). Además, supervisará una muestra aleatoria de todas las primeras llamadas que la nueva entidad atienda durante el año (segundo compromiso).

Por otra parte, se prevé que la empresa resultante facilite la entrada de un competidor en el municipio de Valdepeñas, para evitar la situación de monopolio. También se desinvertirán activos y se garantizará que la situación previa no empeora (tercer compromiso).

Condiciones impuestas por la CNMC a la operación e Mapfre y Santalucía

Además de los anteriores, la CNMC ha impuesto una serie de condiciones a las partes. Así, Mapfre deberá eliminar su participación del 25% en la entidad resultante. Con ello, también la cláusula del contrato entre socios por la que se compromete a contratar los servicios de la entidad resultante. Y no podrá realizar ningún nombramiento en la nueva entidad. Por su parte, Santalucía tendrá tres meses para facilitar la entrada de un competidor en Valdepeñas.

Con las tres primeras condiciones se logra la independencia necesaria entre Santalucía y Mapfre; y se evita la posibilidad de Mapfre de derivar los servicios hacia la entidad resultante. Reforzando así la prestación de servicios intragrupo y expulsando a competidores.

La CNMC explica que, con este paquete de medidas, “resuelve la adquisición de forma más transparente, sin intereses cruzados; y desaparecen, además, los riesgos de efectos coordinados en el mercado de seguro”.

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