¿Se puede desheredar a un familiar? Causas y efectos de la desheredación

¿Se puede desheredar a un familiar? Causas y efectos de la desheredación

El Tribunal Supremo en una sentencia reciente concluye que solo se podrá desheredar a un familiar en caso de  maltrato.

El Supremo ha dictado recientemente una sentencia en la que aclara las situaciones legales en las que es posible desheredar a un familiar, concretamente a los nietos. La legislación vigente no permite excluir de la herencia a un nieto por el simple hecho de que la relación sea pobre o indiferente. El tribunal corrobora y concluye: solo se podrá desheredar a un familiar en caso de que exista alguna situación de maltrato físico o psicológico.

Falta de relación absoluta y prolongada

La falta de relación absoluta y prolongada de una abuela respecto a sus nietas no es causa suficiente para la desheredación. Abel Marín, abogado y socio de Marín & Mateo Abogados, explica que “toda sentencia requiere contar con hechos probados además de estar fundamentada. No sirve con transmitirlo a través del testamento”.

“En este caso la sentencia, sin ampliar ni reducir el criterio propio del Tribunal, afina y preserva principios como el de prueba y entra al caso real con otros hechos probados. Advierte que la falta de relación absoluta y prolongada de una abuela respecto a sus nietas no es causa suficiente para la desheredación”, continúa Marín. La lectura profunda de esta ley expresa que “el hecho de que exista una ausencia de relación no es motivo que pruebe un daño psicológico”, añade.

Motivos para tramitar una desheredación

La herencia es un derecho recogido por la norma vigente. Tal y como marca el artículo 853 del Código Civil, la herencia podrá apartarse siempre que el heredero niegue los alimentos a la persona que le deshereda o la maltrate, ya sea psicológica o físicamente. Estas causas están tasadas, es decir, no se podrá desheredar a un legitimario en virtud de una causa distinta a las establecidas expresamente en la ley.

Aunque el término “desheredar” parece referirse a la privación de la herencia, en realidad se refiere a la privación de la legítima. Es decir, es la parte de los bienes que el testador está obligado a reservar a los herederos forzosos.

No sólo los nietos pueden ser desheredados, se puede desheredar al cónyuge en aquellos casos en los que se hayan incumplido de forma reiterada o grave los deberes conyugales.

También es lícito iniciar el proceso de desheredación contra los familiares que muestren indignidad contra la persona fallecida, ya sea atentando contra su integridad psíquica o física, o por delitos contra la libertad, la indemnidad sexual y la integridad moral, así como por denuncias falsas.

En cualquier caso, las causas deben ser ciertas y probadas. “Es conveniente que, si el desprecio o desatención afecta a la salud mental del testador, este acuda al médico a fin de que valore dicho daño, deje constancia en informes la causa y que prescriba tratamiento adecuado para la dolencia, bien farmacológico derivando a psiquiatría o bien terapia psicológica. Estos informes pueden ser la prueba con la que los herederos acrediten la justa causa que el testador expresa en el testamento”.

No sirve con transmitir la causa a través del testamento, ya que podría existir algún tipo de reconciliación después de testar o bien que la situación de vulneración manifestada sea falsa”, explica el abogado.

Cómo desheredar a un nieto

La desheredación se puede realizar a través del testamento o la declaración de últimas voluntades. Podrá ser total o parcial. El testamento debe tener validez legal, declarada con la autorización de un notario. No obstante “nunca se podrá desheredar a un nieto menor de edad”, afirma Marín.

En estas situaciones se da la inversión de carga de la prueba. “El ordenamiento destaca que será responsabilidad del heredero probar que la causa existió. El desheredado puede oponerse a la demanda negando la causa y solo si está probada podrá aplicarse”, concluye Marín.

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