La cena de Navidad de empresa es una oportunidad para celebrar el fin de año con los compañeros de trabajo. Sin embargo, puede ser una fuente de problemas. Los expertos de DAS explican cómo evitarlos.
¿Asistencia obligatoria?
La asistencia a este tipo de eventos no puede establecerse como obligatoria para el trabajador, siendo considerado despido improcedente si llegase a producirse por no hacerlo. Sin embargo, si el encuentro se lleva a cabo en horario laboral, la empresa sí puede exigir a los empleados que no deseen asistir el cumplimiento de su jornada.
Si la celebración coincide con días de vacaciones, el empleado tendrá derecho a modificar las fechas de sus vacaciones si desea asistir. Si prefiriese continuar con ellas o tuviese algún otro compromiso justificado, no podrá reclamar el importe de la comida al tratarse de una deferencia voluntaria de la empresa
Si está de baja laboral, pero en condiciones óptimas para asistir, tendrá derecho a ello. La empresa puede reservarse el derecho de admisión si estima que la asistencia podría agravar su situación. Si el trabajador prefiere no acudir, no podrá ser penalizado.
Entrega de obsequios por parte de la empresa
Los regalos de Navidad en el lugar de trabajo no forman parte del salario. Cualquier detalle de la empresa es considerado como un acto de generosidad. Tampoco es exigible al trabajador participar de forma activa en la compra de regalos. En caso de dar un obsequio a los asistentes, desde DAS recomiendan que sea un detalle simbólico.
Accidentes laborales o “in itinere”
Los expertos destacan que solo se considerará accidente laboral el percance que ocurra de camino o de regreso de un evento organizado por la propia empresa.
Según el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social, se considera accidente laboral toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. En el caso de los trabajadores autónomos, se considerará accidente de trabajo el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta.
El consumo de alcohol no desvirtúa la calificación de accidente in itinere, pero se debe tener especial precaución, pues se estudiará el caso para acreditar si hay una relación de causalidad entre el accidente y el estado del trabajador.
Consumo de alcohol en el evento
Como la empresa es responsable de cualquier accidente a causa del exceso del consumo de alcohol durante la festividad, se recomienda limitar la cantidad de bebidas alcohólicas disponibles. Ofrecer suficientes opciones no alcohólicas.
Acoso y discriminación
Las empresas deben establecer y promover políticas claras que eviten cualquier acción de acoso o discriminación y comunicarlas a los empleados.
Estos protocolos incluyen
- Las pautas para identificar una situación de acoso
- El procedimiento en caso de que ocurra
- Un canal de denuncia confidencial y seguro
- Abarca los casos que puedan darse en cualquier evento promovido por la empresa como la cena de Navidad.
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