El II Convenio Colectivo de Liberty Seguros con las Secciones Sindicales CCOO, UGT y USO, se firmó el pasado 9 de octubre y entrará en vigor 20 días tras su publicación en el BOE. Este nuevo convenio tendrá una validez de cuatro años, hasta el 31 de diciembre de 2017.
Respecto a la jornada anual, con el nuevo Convenio se mantiene para todos los colectivos de la compañía y, además, se mantiene la aplicación de lo establecido en el Convenio Sectorial de Seguros para todo aquello que no esté previsto expresamente en el Convenio propio de Liberty Seguros.
Con respecto a las condiciones laborales acordadas no sólo se mantienen la jornada anual de 1.670 horas (una de las mejores del sector) sino que se oficializa la jornada intensiva los días 24 y 31 de diciembre. Además se han ampliado las vacaciones para empleados a partir de los 58 años: un día más de vacaciones para 58 y 59 años, que antes no tenían; de 60 a 62 años pasan de dos a tres días y de 63 a 65 años pasan de 4 a 5 días.
Otro de los puntos del acuerdo limita la posibilidad por parte de Liberty Seguros en el uso de la distribución irregular de la jornada a un máximo del 4,5%, la mitad de lo fijado en el Convenio Colectivo del sector. Además, se procede a la regulación del procedimiento del uso de esta posibilidad limitándola en cuanto a número de horas semanales, formato de prestación de estas horas y limitación de su uso en determinados supuestos por conciliación de la vida familiar y laboral.
A la firma del Convenio acudieron Enrique Huerta, CEO de la compañía; Mª Eugenia Muguerza, directora del Área de Talento de Liberty Seguros; Fernando Escudero, responsable de Acción Sindical de la Agrupación de Servicios Técnicos de CCOO; Álvaro Vicioso Alfaro, secretario del Sector Seguros de UGT; y Joaquín Pérez Dasilva, secretario de Comunicación e Información de USO.
Ampliación de condiciones
Algunas de las ampliaciones en los permisos incluyen los supuestos de nacimiento, adopción, acogimiento y fallecimiento, que aumentan de dos a cuatro días; la ampliación de uno a dos días laborables por traslado de domicilio. Por otro lado, la bolsa de horas médicas se amplía de 35 a 40 horas al año y se han firmado condiciones novedosas como el permiso remunerado para asistir al examen de conducción y la inclusión de un permiso de dos días laborables al año para someterse a técnicas de reproducción asistida.
En esta línea, se crea la posibilidad de realizar jornada continua durante los meses de lactancia de la mujer, así como para aquellas empleadas embarazadas a partir de las 30 semanas de gestación.
Crecimiento dentro y fuera de la empresa
Liberty Seguros mantiene el compromiso de promocionar de manera bianual a un porcentaje de la plantilla aunque se han acordado algunas mejoras como el aumento de este porcentaje, que crece un 1% adicional a través de concurso o examen.
También se ha modifica la ayuda económica para vivienda en los supuestos de traslado, ya que se unifica la compensación mensual establecida en el Convenio Liberty sin distinción del número de habitantes de la ciudad donde el trabajador deba ser trasladado. Queda establecida una compensación mínima de 450€/brutos mensuales para todos los casos mejorando lo establecido en el Convenio Sectorial.
Además, si un trabajador, por cuestiones familiares o personales, debe trasladarse a alguna de las ciudades en las que Liberty Seguros tiene centro de trabajo, tendrá prioridad para cubrir un puesto de igual o similar categoría en el centro de la ciudad a la que se desplace, siempre y cuando organizativamente sea posible.
Mejora de los beneficios sociales
Entre las condiciones que se especifican en el Convenio Colectivo con respecto a las mejoras sociales, se establece que la aportación al Plan de Pensiones para los empleados con reducción de jornada no se vea reducida en función de la jornada/salario. Asimismo, se amplía de la cobertura del seguro de vida en triple capital para los supuestos de fallecimiento por accidente para el personal de frecuente desplazamiento.
En cuanto a las ayudas a la discapacidad, se abonarán 1.700 euros al año para empleados y empleadas con cónyuge e hijos discapacitados dependientes que no puedan valerse por sí solos y no desempeñen ninguna actividad retribuida. Además, se establece un pago extraordinario y único de 1.500 euros para los trabajadores que declaren una discapacidad mediante el certificado correspondiente, a partir de la entrada en vigor del convenio.
Empresa Socialmente Responsable
Este Convenio llega poco después de que el año pasado Liberty Seguros recibiese el Certificado de Empresa Familiarmente Responsable (efr), otorgado por la Fundación Masfamilia. Este certificado es un reconocimiento a aquellas empresas o entidades que destacan por su política favorable a la conciliación de la vida familiar y laboral y a la igualdad de oportunidades y, en este sentido, reconoce al Grupo por su labor en dicho ámbito.